Consumo

Llega una nueva ley que aconseja a los supermercados fomentar la venta de productos «imperfectos» y «feos»

El Gobierno trata de fomentar el uso eficiente de los alimentos y reducir el despilfarro en todos los eslabones de la cadena

L. V.

Madrid

El alimento más caro es el que termina en la basura. Con esa filosofía nace una nueva ley en España que cuenta con obligaciones, sanciones y recomendaciones. El Boletín Oficial del Estado (BOE) ya ha publicado esta Ley de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario, la primera norma estatal sobre la materia en nuestro país.

Su proceso de tramitación terminó con la aprobación en el Congreso de los Diputados el 20 de marzo de 2025. Con esta ley, el Gobierno trata de fomentar el uso eficiente de los alimentos y reducir el despilfarro en todos los eslabones de la cadena.

Esta ley trata, sobre todo, de concienciar. «Debemos recuperar el valor de los alimentos y valorizar el trabajo de quienes los producen: agricultores, ganaderos y pescadores», asegura el ministro Planas. Además, apela al deber ético, social y medioambiental del conjunto de la sociedad para poner coto al despilfarro de alimentos: «No hay alimento más caro que el que termina en la basura».

La ley tiene un marcado componente ético y se inscribe en el compromiso con la sostenibilidad, la justicia social y el crecimiento económico. La normativa pone el foco en la prevención, la sensibilización, la formación y la generación de conocimiento de todos los actores de la cadena, ya que evitar el despilfarro es una tarea que apela al conjunto de la sociedad.

En el mundo se desperdicia el 30 % de los alimentos. Reducir a la mitad estas pérdidas es uno de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Organización de Naciones Unidas (ONU). En el caso de España, solo en los hogares se tiraron a la basura sin consumir 1.183 millones de kilos de alimentos en 2023.

La ley tiene como objetivo frenar el desperdicio de alimentos en toda la cadena alimentaria, desde los productores primarios, en la fase de cosecha y recolección, hasta los consumidores finales, tanto en los hogares como en bares y restaurantes.

Para ello, la norma obliga a los agentes de la cadena alimentaria a disponer de un plan de prevención de las pérdidas y el desperdicio. El objetivo es que las empresas hagan un autodiagnóstico de sus procesos productivos, identifiquen dónde se producen las pérdidas de alimentos, fijen medidas para minimizarlos y se destinen a otros usos antes de acabar en la basura.

La ley establece una jerarquía de usos, en la que tiene prioridad el consumo humano, bien a través de la transformación de los alimentos, por ejemplo, en zumos o mermeladas en el caso de la fruta, o mediante la donación o redistribución.

Donaciones

Para facilitar la donación, la ley obliga a adoptar acuerdos entre los operadores y las entidades sociales y bancos de alimentos. Los acuerdos aportan seguridad jurídica a las donaciones, ya que las condiciones en las que se realicen deberán estar fijadas previamente por escrito. Las administraciones públicas elaborarán guías de buenas prácticas para garantizar la trazabilidad de los alimentos recibidos por las entidades sociales.

Los establecimientos de hostelería, salvo los de bufé libre, tendrán la obligación de facilitar al cliente que se pueda llevar los alimentos sobrantes en envases reciclables.

Como segundo uso en la jerarquía se contempla la alimentación animal o la elaboración de subproductos para la industria. Y si tampoco fuera posible, ya como residuos se destinarán al reciclado y, en particular, a la obtención de compost, biogás o de combustibles.

Buenas prácticas

Pero la ley no solo impone obligaciones. Incluye buenas prácticas con un claro foco en la formación y la sensibilización. Aquí entran en juego algunas consideraciones que han llamado mucho la atención. Ofrece ejemplos de buenas prácticas; tales como fomentar las líneas de venta de productos imperfectos, aquellos llamados de aspecto feo, y mejorar la información sobre la seguridad de su consumo, siempre que se cumplan las normas de comercialización vigentes en la Unión Europea.

En el caso de las infracciones leves, como por ejemplo no aplicar la jerarquía de usos, se establecen sanciones que oscilan desde el apercibimiento hasta multas de un máximo de 2.000 euros.

Las infracciones graves, como no contar con un plan de prevención, se sancionarán con multas de entre 2.001 y 60.000 euros para las graves como no contar con un plan de prevención de las pérdidas y el desperdicio. Como infracciones muy graves se considera la segunda falta grave cometida en un periodo de dos años y serán sancionadas con multa de hasta 500.000 euros.

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