Educación sigue sin resolver el limbo de los alumnos 'atrapados' entre dos leyes educativas
Al aplicarse la 'ley Celaá' de forma gradual, algunos estudiantes siguen estudiando bajo el sistema de la Lomce
El Consejo de Estado critica el decreto para regular esta situación por no haber correspondencia entre materias
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La nueva ley educativa, más conocida como 'ley Celaá' está teniendo una aplicación gradual. Es decir, ya está 'poniéndose en práctica' en las aulas en el actual curso 2022-2023 en los cursos impares; mientras que en el 2023-2024 será el turno de ... los cursos pares.
Esto ha obligado al Ministerio de Educación a hacer una norma que establezca las condiciones para aquellos alumnos que pasan de un curso no superado en su totalidad al siguiente y entre uno y otro conviven las dos leyes educativas, es decir, la 'ley Celaá' y la anterior, la Lomce, más conocida como 'ley Wert'.
Para resolver este 'limbo' en las etapas de Educación Secundaria Obligatoria (ESO) y Bachillerato, la ministra llevará previsiblemente mañana a Consejo de Ministros un nuevo decreto, al que ha tenido acceso ABC. Cabe aclarar que aunque en ESO se pueda pasar de curso sin límite de suspensos y en Bachillerato con dos suspensas, esto no significa que dichas materias no tengan que ser aprobadas definitivamente. Es por ello, que los alumnos deberán repetir los exámenes de las nuevas materias equivalentes a las suspensas.
Correspondencias
Tanto para la ESO como para Bachillerato el mencionado decreto establece correspondencias entre las materias vigentes con la ley anterior y con la actual (y que se fijan en los anexos I y II que contiene el decreto), de manera que el alumno que no haya superado algunas de las materias que estaban vigentes con la Lomce puedan hacerlo con su 'equivalente' de la 'ley Celaá'. Así, se «deberá cursar y superar la materia correspondiente del nuevo sistema», dice la norma respecto a la etapa de Bachillerato.
Y aquí es donde aparece el problema. ¿Por qué? Porque no hay correspondencia en todas las materias, lo que da a entender que algunas de las que existían ahora desaparecen y no se establece una relación con las nuevas. Es lo que el Consejo de Estado le cuestiona a la ministra Pilar Alegría en su dictamen sobre este decreto, al que también ha tenido acceso este periódico. En concreto, alude a la redacción de un apartado del artículo 4 sobre la etapa de Bachillerato que dice lo siguiente: «El alumnado que tenga pendiente de superar «Fundamentos del Arte I», «Cultura Audiovisual II» o alguna materia específica no incluida en la nueva ordenación y para la que no se haya establecido correspondencia en el anexo II, deberá sustituir dicha materia por otra de la modalidad que curse, a elegir de entre las que se oferten en el centro».
El máximo órgano consultivo del Gobierno entiende que en este apartado, tal y como está redactado por el ministerio, las mencionadas materias Fundamentos del Arte I ni Cultura Audiovisual II «no están incluidas entre aquellas para las que se establecen reglas de correspondencia, existiendo incluso otras no identificadas en el proyectado artículo ("o alguna materia específica no incluida en la nuva ordenación y para la que no se haya establecido correspondencia...")».
No es la primera vez que el Consejo de Estado le advierte a este ministerio el problema de las correspondencias entre materias. El citado dictamen le recuerda que en otro informe del mismo Consejo de Estado sobre formación inicial del profesorado en centros privados para ejercer en Secundaria y Bachillerato ya se le reprochaba al departamento dirigido por Pilar Alegría lo mismo que se plantea en este decreto.
En definitiva, «el Consejo de Estado entiende que las reglas sobre correspondencia han de ser completas, puesto ello afecta al alumnado y al profesorado, sin que las memorias ofrezcan justificaciones suficientes acerca de las omisiones que se han advertido y de las diferencias que aprecian entre ellas», dice el informe.
«Deficiencias»
Así, el órgano consultivo concluye: «A fin de corregir estas deficiencias, se encarece la revisión de dichos anexos y de las parcas razones que sobre estos extremos contiene la memoria que acompaña al proyecto, indicando en qué nuevas materias de las reguladas en la LOE (Ley Orgánica de Educación) y en los reales decretos (...) pueden considerarse integradas las precedentemente impartidas». Y continúa: «No se explicitan en la memoria del proyecto (...) las razones por las que los cuadros de correspondencias de una y otra norma divergen, recogiendo diferentes asignaturas». Esta observación que hace el Consejo de Estado ha sido atendida por el Ministerio de Educación. Pero, para justificar la decisión, Alegría simplemente se limita a dar una explicación en la memoria que acompaña el proyecto sin hacer ninguna modificación de calado. Le dice al órgano consultivo, básicamente, que no han establecido correspondencias en algunas materias porque antes existían pero ya no.
Un decreto que llega tarde
Otro reproche que hace el máximo órgano consultivo es que se les ha solicitado el dictamen con carácter urgente sin explicitar los motivos. En cualquier caso, entiende el Consejo de Estado que dicha urgencia es evidente habida cuenta de que el curso 2022/2023 «está notablemente avanzado». Pero precisamente por esto, les señalan que tanta urgencia ha perdido todo el sentido: «Habría sido deseable que la tramitación de este desarrollo normativo ahora examinado se hubiera acompasado con la de otros desarrollos procedentes de la reforma llevada a cabo en la LOE por la Ley Orgánica 3/2020 ('ley Celaá')».
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