Las clínicas tendrán que informar sobre los riesgos del aborto

El Supremo confirma una sentencia que sanciona a la patronal de los abortorios por afirmar en su web que la «interrupción del embarazo es una operación que no deja secuelas»

Una de las clínicas, de Madrid, afectadas por la sentencia que habla de «publicidad engañosa» Guillermo Navarro

José Ramón Navarro-Pareja

Madrid

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El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial de Oviedo que condenaba a ACAI, la patronal de las clínicas abortistas, por afirmar, a través de su página web, que «la interrupción del embarazo es una operación que no deja secuelas». El Alto Tribunal reafirma que «el haber omitido los riesgos de entidad considerable que una operación de aborto puede entrañar para la salud física y psíquica de la madre» debe considerarse como «publicidad engañosa», por lo que les condena «a la prohibición de su reiteración futura» y a publicar un «desmentido» y la propia sentencia.

Una decisión que obliga a ACAI y a sus clínicas a informar, en las campañas publicitarias, de los riesgos y secuelas que entraña la realización de un aborto. De hecho, en su web aparece cambiado el texto que motivó la denuncia y hacen constar que se informará de las «posibles complicaciones y/o efectos secundarios de la intervención», de lo que quedará constancia «mediante la firma de un consentimiento informado».

La demanda fue presentada en 2019, de forma conjunta, por la Asociación de Abogados Cristianos y por una mujer que abortó, presionada por su entorno laboral, pero que después se sintió engañada al sufrir una secuelas de las que nadie le advirtió. Tras un largo periplo judicial, desde los juzgados de Gijón a la Audiencia Provincial de Oviedo —que falló en contra de las clínicas— el Supremo no ha admitido los recursos de la patronal ACAI, por lo que hace firme la sentencia anterior.

Desde el servicio jurídico de ACAI afirman «no compartir los planteamientos» aunque ya han «acatado la sentencia». Además, del cambio en el texto, que según explican «ya se hizo antes incluso de que se presentara la demanda», han publicado la sentencia en el apartado de «Preguntas frecuentes» donde se encontraba el texto calificado como «publicidad engañosa» por la audiencia provincial.

Sin embargo, para Polonia Castellanos, presidenta de Abogados Cristianos, la decisión del Supremo contribuye «a desenmascarar el negocio del aborto», en el que las clínicas se aprovechan «del engaño para aumentar sus ingresos». Según Castellanos, el problema es todavía mayor «porque estos centros reciben una subvención por cada aborto». Según un informe publicado por Redmadre el año pasado, el Estado habría destinado más de 32 millones de euros en 2020 en financiar los abortos practicados en clínicas privadas.

Aunque la sentencia no prevé una indemnización económica, desde la Asociación de Abogados Cristianos animan «a las mujeres que hayan sufrido secuelas del aborto y se sientan engañada a solicitar una responsabilidad patrimonial».

Además, consideran que el texto, «que afirma que las cínicas engañan, nos legitima para ir a las puertas de los centros del aborto a informar a las mujeres sobre las consecuencias físicas y psicológicas que tiene lo que van a hacer», en referencia a la reforma del Código Penal que sanciona con penas de cárcel a quienes «hostiguen o coarten la libertad de una mujer que pretenda ejercer su derecho a la interrupción voluntaria del embarazo».

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