El CGPJ advierte que eliminar el permiso paterno para que las menores aborten chocaría con la Constitución

Varapalo del organismo judicial al anteproyecto de reforma de ley del aborto presentado por Irene Montero

Las ponentes del dictamen que votará el Pleno del órgano de Gobierno de los Jueces apuestan por mantener el sistema actual de información y decisión de los padres

Alerta de que las bajas laborales por menstruación pueden volverse en contra de los derechos de las mujeres

Irene Montero durante una sesión del Congreso a finales de noviembre Jaime García

José Ramón Navarro-Pareja

Madrid

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La propuesta para la ponencia que el pleno de Consejo General para el Poder Judicial debatirá el próximo día 22 de diciembre no deja títere con cabeza sobre las novedades que el ministerio de Irene Montero pretende introducir en la reforma de la ley del aborto.

Así, explica en sus consideraciones generales que «el prelegislador no explica ni justifica convenientemente las modificaciones introducidas en el modelo vigente», y hace un especial hincapié «en lo que atañe al derecho de información y al periodo de reflexión para la debida formación de la voluntad y la prestación del consentimiento para la práctica de la interrupción voluntaria del embarazo».

El informe del CGPJ es preceptivo aunque no vinculante ante una modificación legislativa. El Gobierno lo solicita a la entidad judicial como paso previo a la presentación en el Congreso del anteproyecto y, habitualmente, lo presenta antes de que comience el debate en la cámara. Sin embargo, en esta ocasión, Montero no quiso esperar al informe. Aguardó un mes para enviar el texto al CGPJ para su análisis, y lo hizo por la vía de urgencia para forzar su respuesta en 15 días. El organismo pidió una prórroga que le fue denegada. Finalmente el Gobierno siguió adelante la tramitación parlamentaria sin contar con el informe, que será aprobado el próximo 22 de diciembre.

Así, si finalmente la ponencia elaborada por las magistradas Roser Bach y Ángeles Carmona —ubicadas respectivamente en el sector progresista y conservador del organismo— acaba siendo aprobada sin grandes modificaciones por el pleno del CGPJ, el Gobierno se encontrará ante la disyuntiva de atender las indicaciones del órgano judicial o seguir adelante con el texto, aún a costa de que, tras la aprobación, se pongan en evidencia todas sus fisuras, como ya ocurrió con la 'ley del solo sí es sí', también promovida por Irene Montero.

Consentimiento paterno para las menores

Con respecto a la eliminación del requisito del consentimiento de los padres para que las menores de 16 y 17 años puedan abortar, las ponentes recuerdan que choca con la obligación de los progenitores de desempeñar «las funciones inherentes a la patria potestad, tal y como exige el artículo 154 del Código Civil».

En ese sentido señala que «el consentimiento autónomo y sin conocimiento de estos [los padres] dificulta de modo evidente esos deberes de carácter tuitivo que conforman la patria potestad» que, según recuerda el organismo judicial, incluye «aspectos tan importantes como la orientación o el consejo, y especialmente en un ámbito tan relevante como lo es la salud o bienestar de las menores».

Pero la propuesta de informe va más allá en este aspecto al recordar que «por imperativo constitucional, los progenitores deben prestar asistencia de todo orden a los hijos durante su minoría de edad». De esta forma, evitar que decidan sobre el posible aborto de su hija menor e, incluso, negar que sean informados sobre la misma decisión, como prevé el borrador de la ley, chocaría con el artículo 39.3 de la Constitución Española.

Así, el borrador de la ponencia concluye que resulta «justificada la validez del sistema actualmente vigente, en el que se precisa la concurrencia del consentimiento de la menor con el de sus padres o tutores». Además también se prevé que las «eventuales situaciones de conflicto entre la voluntad de la menor y los progenitores se podría resolver a través de un procedimiento previsto en la propia norma», añaden las ponentes.

Baja laboral por menstruación

El borrador de informe también carga contra otro de los aspectos de los que la ministra Montero ha hecho bandera para esta reforma, la «baja laboral por menstruación incapacitante secundaria». El texto que examinará el pleno del CGPJ advierte de «la ausencia de justificación», para esta nueva regulación.

De acuerdo al anteproyecto aprobado por el Gobierno la nueva normativa «le permitirá [al empresario] conocer cuál es el motivo de su ausencia al puesto de trabajo», de la trabajadora, en contra de la actual normativa vigente que preserva esta información, según alerta la ponencia.

«Esta circunstancia —advierten las ponentes— puede provocar efectos totalmente contrarios a los pretendidos, haciendo surgir reacciones de marginación o estigmatización sobre las mujeres en general y sobre las que sufren los efectos de una menstruación incapacitante secundaria en particular».

El texto que examinará el pleno del CGPJ también señala que «el anteproyecto establece un régimen privilegiado de atención y tratamiento a un concreto supuesto de enfermedad común sin argumentar los criterios valorados para configurar este trato diferenciado». En ese sentido recuerda la doctrina del Tribunal Constitucional que ha establecido que para que una diferenciación de este tipo «sea legítima y constitucionalmente lícita» debe ser «objetiva y razonable».

El anteproyecto del ministerio no exige, como en el resto de supuestos de enfermedad común, un periodo mínimo de cotización. Además establece que el subsidio por «menstruación incapacitante» se abonará «a cargo de la seguridad social desde el día de la baja», a diferencia de lo que ocurre en casos de accidente o enfermedad laboral o enfermedad común. Como única justificación el ministerio plantea «eliminar cualquier tipo de sesgo negativo en el ámbito laboral».

Derecho de información

Similar posición toman las ponentes del CGPJ cuando valoran la propuesta del anteproyecto de eliminar la práctica actual de entregar a las mujeres que se plantean abortar un sobre con información de recursos para ser madre como ayudas públicas y prestaciones, derechos laborales o beneficios fiscales. En su texto, el ministerio de Igualdad justificaba esta reforma como respeto de «los derechos de las mujeres y la no infantilización de las mismas».

Pero, por contra, la propuesta de informe del CGPJ advierte de que «lo que en realidad parece es que se le está privando —o, cuanto menos, dificultando— del acceso a la información que pudieran ser de su interés». En ese sentido las ponentes afirman que «el derecho a recibir información es un requisito asociado al consentimiento para la práctica de la interrupción voluntaria del embarazo».

Además, añaden que esta información, «para ser adecuada, completa y suficiente, no debe estar orientada exclusivamente a la práctica de la interrupción voluntaria del embarazo, sino también a la protección de la maternidad (sin introducir consideraciones éticas ni religiosas)».

Eliminar el periodo de reflexión

El mismo criterio de «no infantilización» es el que utiliza el ministerio de Igualdad para justificar la supresión del periodo de reflexión de tres días vigente desde 2010 para los abortos dentro de las primeras 14 semanas de gestación. Por contra, la ponencia señala que este requisito «no puede ser suprimido bajo el pretexto del efecto 'infantilizador' que produce sobre la mujer gestante».

La ponencia presentada por Bach y Carmona recuerda que este periodo está presente en las legislaciones de varios países de nuestro entorno, y que este requisito, «al estar indisociablemente unido a la información y a la prestación del consentimiento —que para ser verdaderamente tal, ha de se un consentimiento informado—, es un presupuesto necesario para una adecuada formación de la voluntad y para la adopción de una decisión consciente y meditada».

Priorizar los centros sanitarios públicos

La ponencia también entra en la pretensión del anteproyecto de priorizar los centros sanitarios públicos para la práctica de los abortos y que relega los privados para casos «excepcionales». En la actualidad, cerca del 90% de los abortos que se realizan en España son en centros privados. El ministerio justificaba este cambio para «asegurar la prestación con las debidas garantías, evitar la práctica clandestina o posibilitar el conocimiento de la situación en todo el territorio nacional».

Pero, en el texto que analizará el CGPJ el próximo día 22, queda claro que estas «finalidades pueden alcanzarse también a través de la práctica en centros sanitarios privados debidamente acreditados» y que la pretensión del Gobierno mermaría «la libertad de elección de la mujer».

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