El voto de cien mil discapacitados, en suspenso
La situación política paraliza la actividad parlamentaria y no se ha podido convocar la Ponencia para debatir la única enmienda presentada a la reforma de la Ley Electoral
El tsunami político que ha derrocado al Gobierno de Mariano Rajoy en dos días y ha provocado la llegada al poder del socialista Pedro Sánchez ha paralizado la actividad parlamentaria en el Congreso de los Diputados.
Uno de los asuntos que ha quedado en el aire es la reforma de la Ley Electoral para hacer posible el voto de cien mil discapacitados , que estaban pendientes de una sentencia judicial para poder votar. El objetivo de esta reforma es precisamente eliminar la posibilidad de que una persona con discapacidad intelectual , enfermedad mental y deterioro cognitivo pueda ser incapacitada por un juez.
El Proyecto de Ley impulsado por la Asamblea de Madrid se encuentra en la fase final de su tramitación. Una vez finalizado el plazo de enmiendas, y presentándose solo una, por parte del Partido Popular, el presidente de la Comisión Constitucional, Jesús Posada, tenían previsto convocar una reunión de la ponencia para debatir la enmienda y poder aprobar el texto definitivo en una reunión del día 13.
Sin embargo, la ausencia de los portavoces impidió que se pudiera fijar fecha para la reunión de la ponencia y la tramitación ha quedado en suspenso. Mañana jueves se reúne la mesa y portavoces del Congreso y podría poner en marcha el orden del día.
Sentencia judicial
La Proposición de Ley fue tomada en consideración por unanimidad el 7 de noviembre de 2017. El texto tiene dos artículos. Por un lado, plantea la modificación del artículo 3 de la Ley de Régimen Electoral General. Se trata de eliminar los apartados que recogen restricciones al derecho al voto . El primero señala que carecen de derecho de sufragio «los declarados incapaces en virtud de sentencia judicial firme, siempre que la misma declare expresamente la incapacidad para el ejercicio del derecho de sufragio».
El segundo apartado que se quiere eliminar es el que hace referencia a «los internados en un hospital psiquiátrico con autorización judicial, durante el periodo que dure su internamiento, siempre que en la autorización el juez declare expresamente la incapacidad para el ejercicio del derecho de sufragio».
En relación al segundo artículo, especifica que, a partir de la entrada en vigor de estos cambios, «las personas a las que se les hubiere limitado o anulado su derecho de sufragio, por razón de discapacidad, quedan integradas plenamente en el mismo por ministerio de la ley».
Rechazo al PP
En su enmienda, los populares distinguen el régimen del derecho de sufragio activo (ejercer el derecho al voto) y pasivo (poder ser elegido). En el primer caso, señalan que «su restricción a las personas con discapacidad debe reducirse a casos muy excepcionales, porque se vincula exclusivamente a la ausencia de capacidad de conocimiento de la persona discapacitada, respecto al hecho de votar». En cambio, quieren que el derecho de sufragio pasivo se vincule «a la capacidad de discernir y a la plena capacidad jurídica y de obrar».
La oposición rechaza la enmienda de los populares porque considera que es un paso atrás y que se ponen restricciones a este derecho, justamente lo que se quiere eliminarme.
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