¿Tengo que ponerme la mascarilla desde mañana?
Resolvemos algunas de las principales dudas sobre la orden del BOE que regula el uso de mascarillas
El Ministerio de Sanidad ha publicado este miércoles la orden por la que regula la obligatoriedad del uso de masca rillas. Resolvemos algunas de las dudas que se presentan con esta nueva situación.
¿Tengo que llevar mascarilla desde mañana?
La respuesta es sí. La orden del BOE manifiesta la obligatoriedad del uso de mascarillas desde el siguiente día a su publicación, es decir, desde este jueves.
¿En qué lugares tengo que usar la mascarilla?
En este punto la orden no deja lugar a dudas, ya que regula el uso obligatorio de mascarillas en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público que se encuentre abierto al público, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros.
¿Y los niños?
Solo es obligatorio el uso de mascarillas para mayores de 6 años , aunque la orden dice que es «recomendable» que los niños de entre tres y cinco años la utilicen.
¿Y si la mascarilla no me viene bien por salud?
La orden recoge excepciones. Aunque es obligatoria para todos los mayores de seis años, concreta casos en los que podrá no usarse: personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de mascarilla; personas en las que el uso de mascarilla resulte contraindicado por motivos de salud debidamente justificados, o que por su situación de discapacidad o dependencia presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización; desarrollo de actividades en las que, por la propia naturaleza de estas, resulte incompatible el uso de la mascarilla; causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
¿Tengo que llevarla si estoy en un bar?
El texto del BOE recoge como excepción a la obligatoriedad las actividades en las que el uso de mascarillas resulte incompatible , por lo que se entiende que no se puede comer y beber llevando mascarilla, de manera que, en principio, no habría que usarla en las terrazas de bares.
¿Si no la llevo qué me puede pasar?
La orden no habla de sanciones, aunque se entiende que al ser obligatorio no cumplir con la norma tendrá un castigo. El ministro de Sanidad tendrá que explicar este punto en sus próximas intervenciones.
¿Tengo que llevarla en el gimnasio?
El texto no concreta nada sobre situaciones en las que se lleve a cabo deporte individual, de manera que habría que seguir la obligatoriedad de usarla tanto en vía pública y espacios al aire libre como en espacios cerrados abiertos al público cuando no se pueda mantener la distancia de seguridad. Fernando Simón ha explicado hoy a ese respecto que «debemos ser razonables». «Si uno hace un deporte de alto esfuerzo –ha explicado– es difícil que utilice mascarillas de cierto tipo». «Es importante llevarla en el bolsillo para cuando no haya opción de respetar esa distancia de dos metros».
¿Y para correr o ir en bici?
Las personas que salen a hacer ejercicio en bici y aquellas que corren están exentas del uso de mascarilla, según han señalado a Efe fuentes del Ministerio de Sanidad, que insisten en la importancia de guardar las medidas de distanciamiento social.