El Supremo se pronuncia sobre las viviendas familiares en régimen de gananciales
El Pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo ha fallado que el progenitor que lleve a su nueva pareja, una vez que se liquide la sociedad de gananciales, deberá abandonar la vivienda
El Tribunal Supremo ha establecido que el padre o la madre que vive con sus hijos en una vivienda familiar en régimen de gananciales y que introduce a su nueva pareja a convivir con ellos de manera estable, pierde el derecho a disfrutar del uso de esa casa.
La introducción de una tercera persona hace perder a la vivienda su antigua naturaleza por servir en su uso a una familia distinta y diferente. El carácter ganancial del inmueble facilita otras soluciones económicas que permiten la conciliación de intereses. Por ejemplo, que el tercero compre la parte de la casa que le corresponde al que no reside en ella.