Día de la Discapacidad

Sentencias con dibujos y lenguaje comprensible: una justicia accesible para todos

Los tribunales estrenan sentencias de «lectura fácil» para que personas con discapacidad intelectual entiendan lo que el juez ha resuelto

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De todos los ámbitos de la Administración Pública quizá la Justicia sea la más complicada de entender para un ciudadano medio. Su lenguaje especializado, y en muchas ocasiones farragoso, dificulta el acercamiento del justiciable a este servicio público . Cuánto más si hablamos de un discapacitado intelectual que en algún momento de su vida tiene que resolver algún problema ante los Tribunales o es parte de un procedimiento que le afecta.

La Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad establece que «los Estados parte asegurarán que tengan acceso a la justicia en igualdad de condiciones con los demás (...), en todos los procedimientos judiciales». Aunque han pasado doce años de la entrada en vigor de esa convención, y se están dando pasos importantes en esa dirección (buena muestra de ello es el trato al discapacitado en el nuevo proceso penal , cuyo anteproyecto se aprobó la semana pasada), todavía queda mucho por hacer. De momento, facilitar la comprensión de las resoluciones judiciales, empezar la casa por los cimientos.

Con esta filosofía, las «resoluciones de lectura fácil» están destinadas a acercar el lenguaje jurídico al discapacitado intelectual, una adaptación que le permite conocer el contenido de una sentencia que le afecta con un lenguaje más sencillo y sin necesidad de tener que recurrir a un profesional del Derecho para que se la explique.

La iniciativa se enmarca en el convenio de colaboración suscrito el 24 de octubre de 2018 entre el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y la organización Plena Inclusión España, y arranca con 23 sentencias dictadas por jueces de Primera Instancia del Principado de Asturias en materia de modificación de la capacidad. La idea es ampliar ese fondo a resoluciones dictadas en otras Comunidades Autónomas como Madrid o La Rioja. Todas ellas se pueden consultar en la base de datos de acceso público del Centro de Documentación Judicial (Cendoj), el órgano técnico del CGPJ, encargado de la difusión de la jurisprudencia.

La resolución en cuestión explica al discapacitado intelectual qué es el documento que tiene delante, qué se ha decidido y qué puede hacer si no está de acuerdo con él. La adaptación, que realizan los equipos de accesibilidad cognitiva y validación de Plena Inclusión, consiste en utilizar una tipografía mayor de lo habitual, palabras sencillas, frases cortas e incluso pictogramas. En una segunda fase, esa adaptación tiene que pasar el filtro de los grupos de validación, que están formados por personas con distintas capacidades cognitivas. Si hay alguno que no la entiende, el documento en cuestión no supera la prueba. Por último, asesores jurídicos se aseguran de que hay una concordancia entre el escrito jurídico en cuestión y el de lectura fácil.

En declaraciones a ABC, Aida Álvarez, de Plena Inclusión Asturias. explica los beneficios que esta adaptación supone no ya para las personas con discapacidad intelectual, sino para aquellas cuyas facultades de comprensión son limitadas por razones educativas o por enfermedades como el alzheimer. Especializada en accesibilidad cognitiva, Álvarez es una de las trabajadoras encargadas de esta adaptación, cuya conveniencia tiene que valorar siempre el magistrado y estar de acuerdo todas las partes. La «traducción» a lectura fácil no es de toda la resolución, sino solo del fallo, que es en definitiva lo que quiere conocer la persona afectada: si necesita el apoyo de sus padres o tutor legal para firmar un contrato, para someterse a un tratamiento médico o para decidir dónde va a vivir.

Para Álvarez esta iniciativa no solo tiene ventajas para el discapacitado intelectual. También para sus familias. «Limitar los derechos de una persona es una decisión muy dura -explica- y su núcleo más cercano se siente más aliviado cuando son otros los que le explican qué es lo que ha decidido el juez».

«No entiendo a los políticos cuando hablan»

Carmen B., de 56 años, forma parte de uno de los grupos de validación de resoluciones judiciales. Valora el trabajo que está haciendo con otros compañeros que, como ella, tienen una discapacidad intelectual. Se considera útil al proporcionar una ayuda que ella también querría haber recibido. Y no solo en el ámbito de la justicia. Aquí desliza una crítica a la poca sensibilidad que, a su juicio, tiene en muchas ocasiones la sociedad con el discapacitado en otros ámbitos. «Yo no entiendo lo que dice un medicamento (prospecto) pero tampoco a los políticos cuando hablan», dice. «Aunque vivamos con alguien nos gustaría saber por qué debemos votar a una persona y no votarla porque se nos dice que es a esa persona a la que tenemos que votar», reflexiona.

Tras el primer filtro de Aida y su compañera, en el grupo de validación, Carmen y otros tres discapacitados intelectuales leen el documento judicial, subrayan las palabras que no entienden y proponen alternativas para que sean sustituidas por otras más comprensibles . Se trata de que los cuatro, con distintas capacidades cognitivas, lo entiendan, y hasta que no sea así no se da el visto bueno al documento.

Una obligación, un deber

La iniciativa ha tenido una calurosa acogida por la carrera judicial, a la que el vocal del CGPJ y presidente del Foro Justicia y Discapacidad, Juan Manuel Fernández, ha dirigido una carta en la que pide su colaboración para nutrir el nuevo fondo documental. En ella recuerda a sus compañeros que, en aquellos procedimientos en los que alguna de las partes intervinientes presente algún tipo de discapacidad intelectual, las resoluciones que se dicten pueden ser adaptadas al formato de lectura fácil, que en ningún caso sustituye a la sentencia, sino que se trata de un documento de estricta finalidad informativa.

«Para los jueces hacernos entender es una obligación, es un deber», insiste Fernández. Recuerda que las resoluciones judiciales no solo tienen que estar motivadas, razonadas: «También tenemos la obligación de que ellos puedan entenderlas. Es un derecho básico de cualquier persona que tiene que comparecer en un proceso su derecho a saber por qué se le ha citado, qué consecuencias le puede deparar y cuáles son sus derechos».

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