Sentenciado a nueve años de prisión el joven que dejó ciega del ojo izquierdo a su madre tras una pelea

Según la setenencia de la Sección Tercera de la Audiencia de Jaén establece que la discusión acabó en una brutal agresión donde la madre recibió «patadas por todo el cuerpo, incluso en la cara, así como fuertes cabezazos»

EUROPA PRESS

La Sección Tercera de la Audiencia de Jaén ha condenado este jueves a nueve años de prisión a F.J.R.L., de 24 años, por un delito de lesiones graves con el agravante de reincidencia después de dejar a su propia madre sin la visión en el ojo izquierdo como consecuencia de una paliza.

La sentencia ha establecido como hechos probados que el 20 de enero de 2016 por motivos laborales el acusado y su madre se enzarzaron en Begíjar (Jaén) en una discusión que acabó en una brutal agresión donde la madre recibió «patadas por todo el cuerpo, incluso en la cara, así como fuertes cabezazos» hasta el punto de perder la visión completa del ojo izquierdo.

A pesar de que la madre ha declarado ante el tribunal que perdonó a su hijo desde el primer momento y lo excusó diciendo que había sido un incidente «fortuito» , la sentencia rechazado que fuera un delito de lesiones por imprudencia del hijo tal y como reclamaba la defensa ya que el acusado «sabía lo que hacía y conocía el peligro generado por su acción».

«Una riña mutuamente aceptada»

Tampoco ha aceptado el tribunal que el acusado actuara el legítima defensa por el bofetón que le dio su madre al inicio de la discusión. En este sentido, la sentencia ha apuntado que el inicio del suceso fue «una riña mutuamente aceptada» donde queda excluida legalmente la legítima defensa ya que madre e hijo discutían por la forma de hacer los pedidos en el supermercado de Begíjar donde ambos trabajaban y del que era encargada la víctima.

El fallo no ha recogido ningún tipo de indemnización en concepto de responsabilidad civil puesto que así loha pedido la propia madre durante el juicio: «Yo no quiero nada, es mi hijo y se lo he perdonado desde el primer momento» , ha indicado C.L.L, que no ha ejercido la acusación particular.

La sentencia ha establecido también como accesoria, la prohibición para el acusado de comunicarse o acercarse a menos de 200 metro s a su madre durante los próximos diez años, además de la prohibición de porte y tenencia de armas durante otros diez años.

Aunque según su propia madre no era la primera vez que le agredía, ésta ha defendido a su hijo durante todo el juicio diciendo que está «muy arrepentido» y que él siempre ha sido «un niño muy madrero» y que «para nada» lo ha considerado agresivo.

Por su parte, F.J.R.L. ha afirmado ante el tribunal estar «muy arrepentido» de lo ocurrido , pero se ha defendido argumentando que solo fue una discusión en la que su madre le dio un bofetón y acabaron dándose empujones con «la mala suerte» de que «chocamos las cabezas y le di en el ojo».

«Le pedí perdón en el mismo momento porque yo quiero a mi madre y no le quería hacer daño», ha afirmado el joven. La sentencia no es firme y cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

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