Rectores, estudiantes y ahora los consejos sociales cargan contra la 'ley Castells' y advierten de su «politización»
Los órganos que representan al conjunto de la sociedad en las universidades señalan que la nueva norma universitaria es da un paso atrás
Los Consejos Sociales son los órganos de representación de la sociedad en la universidad. Desempeñan importante funciones en los campus como la supervisión y aprobación de los presupuestos de cada centro .
Por eso, se han manifestado sobre cómo queda su situación en la nueva ' ley Castells ' (aprobada en Consejo de Ministros en primera vuelta el pasado 1 de septiembre y adelantada por ABC) y su valoración no ha sido buena. Desde el comité ejecutivo de la Conferencia de Consejos Sociales de las Universidades Españolas (CSS), que preside Antonio Abril , la 'ley Castells' representa «un importante paso atrás en cuanto renuncia a la necesaria modernización de la universidad española, la aleja aún más de su sociedad, que la financia mayoritariamente con sus impuestos y consolida sus problemas estructurales que desde hace años vienen condicionando su excelencia ».
La CSS, que agrupa a los consejos de todas las universidades públicas españolas y también a centros privados, advierte de que la nueva norma puede llevar a la « politización » de estos órganos debido al nuevo sistema de designación de sus miembros que propone el ministro de Universidades. ¿Por qué? Para el CSS, «el sistema que propone el anteproyecto, 20 miembros elegidos por los parlamentos autonómicos, va a generar politización y polarización de los consejos sociales que, en adelante, estarían compuestos de miembros sujetos al favor debido a los partidos políticos que los designan», señalan en un comunicado al que ha accedido ABC.
Sin embargo, en este aspecto que critican se introdujeron cambios. Castells, tras las quejas de varios colectivos (no solo de los consejos sociales), dispuso que el 50 por ciento de los miembros del consejo social, elegidos por las asambleas legislativas de las comunidades autónomas, deben ser a propuesta de las universidades . Pero esto tampoco ha gustado ya que cae demasiado peso en la elección del rectorado.
Lo que quieren los consejos sociales, en definitiva, es que las propuestas de designación de sus integrantes partan de los distintos grupos de interés para contar con una órgano plural, independiente tanto del equipo rectoral como del poder político y representativo del conjunto de la sociedad.
A lo largo de todos estos años, los consejos sociales denunciaron «la falta de medios económicos y humanos y la limitación de nuestras funciones». Para su sorpresa, el anteproyecto de ley « no solo no incrementa las competencias y responsabilidades de la sociedad a través sus consejos sociales sino que las disminuye , salvo en cuanto a su participación en el Consejo de Gobierno que mejora pero sigue siendo insuficiente», aseguran. De hecho, piden que el porcentaje mínimo del 10% del consejo de gobierno que deben ser representantes del Consejo Social (lo que supone pasar de los tres actuales a cinco) aumente de forma considerable.
Función de control económico y presupuestario
El anteproyecto propone que la aprobación de los documentos esenciales de la actividad económica de la universidad (presupuestos, plan estratégico plurianual de financiación …) le corresponda al consejo de gobierno y su aprobación definitiva al consejo social (artículo 22). Al margen de que en un procedimiento administrativo solo puede haber un acto de aprobación definitiva, si se quiere que los consejos sociales sean de verdad órganos con competencias reales en el control de la actividad económica de las universidades, solo a ellos les puede corresponder la aprobación de los principales instrumentos económicos y presupuestarios.
Títulos adaptados a la empleabilidad
Además, piden voz «para la correcta adecuación de la oferta de estudios universitarios a las demandas sociales y necesidades reales de la sociedad y de su sector productivo, favoreciéndose así la empleabilidad de sus estudiantes» y recuperar competencias en la fijación de precios, en la permanencia de la universidad, en la creaxión de centros.
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