Los rectores acusan al Gobierno de dejar a las universidades en «el limbo» si deroga el reglamento de convivencia

Castells pretende eliminar un reglamento que permite a los centros públicos sancionar el acoso sexual

EFE

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El reglamento que regula la convivencia de los alumnos en las universidades públicas españolas tiene los días contados. El ministro de Universidades, Manuel Castells, presentó el pasado 25 de junio un proyecto de decreto para derogar esa norma, aprobada por Francisco Franco en septiembre de 1954 por considerarlo «obsoleto y preconstitucional».

La norma que está en vigor desde hace 66 años plantea sanciones a los estudiantes por «manifestaciones contra la religión y moral católicas o contra los principios e instituciones del Estado». También considera punible cuestiones como «la injuria, ofensa o insubordinación contra las autoridades académicas o contra los profesores» o «la suplantación de personalidad en actos de la vida docente y la falsificación de documentos». Unas medidas que, según el Gobierno de coalición de Pedro Sánchez, atentan «contra principios y valores democráticos, la libertad y pluralismo religioso, la aconfesionalidad del Estado y la regulación actual del sistema universitario español».

Sin embargo, para la Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas (CRUE) la propuesta del ministro supondrá un vacío legal, ya que «no viene acompañada por la tramitación simultánea de un proyecto de ley que dé una nueva regulación a esta materia». Así se desprende de un informe elaborado por los profesores Manuel Izquierdo, Nuria Magaldi y Antonio María Bueno a petición de la CRUE sobre el proyecto de decreto propuesto por Castells y al que ha tenido acceso ABC.

Refrendado por la Justicia

Según este documento, que ha sido enviado por la CRUE al ministro de Universidades, la «interpretación y aplicación» del actual reglamento de disciplina académica se efectúa por parte de las universidades con «pleno respeto a los principios constitucionales», lo que permite que «siga siendo una norma aplicable y que su uso haya sido refrendado por los tribunales».

La CRUE recuerda además que esto es posible porque la Constitución, en su disposición adicional tercera, señala de modo literal que «quedan derogadas cuantas disposiciones se opongan a esta Constitución, por lo que se entiende que en ese mismo instante quedaron «sin vigencia todas aquellas partes del reglamento que son inconstitucionales». Para la CRUE además la simple derogación de esta norma empujaría al sistema universitario español a un «limbo jurídico» en el que «quedarían desprotegidos la gran mayoría de los estudiantes que observan actitudes cívicas y honestas, frente al reducido grupo de quienes optan por las malas prácticas».

Entre las consecuencias que supondría dejar a las universidades sin un reglamento de convivencia, el informe elaborado por la CRUE, subraya «la pérdida de vigencia de los protocolos en materia de acoso sexual y por razón de sexo». Este vacío jurídico -remacha- «podría dar lugar a responsabilidad disciplinaria alguna, quedando sus autores exonerados de cualquier responsabilidad de este tipo en la que hubieran incurrido o pudieran incurrir en el futuro cuando estas no alcanzaran relevancia penal».

El ministro, en cambio, considera que la Ley Orgánica de Universidades (2001) proporciona suficiente autonomía a los campus para contar con sus propios reglamentos de convivencia . «En desarrollo de este precepto, las universidades contienen ya en sus estatutos o normas de organización y funcionamiento un catálogo de derechos y deberes de los estudiantes, así como códigos de conducta», se justifica en el borrador del proyecto de decreto. El problema es que estos códigos no tienen peso por no tener rango de ley general, por lo que los rectores discrepan del ministro.

El informe de la CRUE señala, en este sentido, que las universidades públicas «no pueden aprobar reglamentos disciplinarios propios en sustitución del reglamento de 1954 -como pretende Castells-, pues las normas universitarias tienen rango meramente reglamentario y, por tanto, no cubren la reserva de ley establecida en materia sancionadora por el art. 25.1 de la Constitución».

Por ello, desde la CRUE pide al ministro «consensuar un texto normativo» que resuelva «el anacronismo, pero que lo último que necesita en este momento la universidad son decisiones precipitadas».

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