¿Pueden echarme de casa por tener coronavirus?
Una polémica conversación entre una joven estudiante de Enfermería y sus compañeras de piso ha abierto un debate moral y legal que va más allá de las redes sociales
Elena Cañizares , estudiante de Enfermería, se realizó la pasada semana una prueba PCR previa al comienzo de las prácticas de su carrera que resultó ser positiva. Cuando le comunicaron los resultados se encontraba sola en el piso que comparte con otras tres jóvenes en Ciudad Real, quienes, a su vez, habían viajado a sus respectivos pueblos de origen para pasar el fin de semana con sus familias. Elena no tardó en comunicarles la noticia, aunque seguramente nunca habría esperado la respuesta de sus amigas, que ya ha conseguido hacerse viral en las redes sociales .
Tras conocer el contagio de su compañera, le exigieron que abandonara el domicilio -en contra de las normas sanitarias y de las recomendaciones de la rastreadora que sigue su caso- y que volviera a casa con sus padres, mayores de 60 años y con patología previa, porque es «su hija» y, por tanto, «su responsabilidad». «En cuanto una de nosotras dé negativo y todas estemos de acuerdo en que te vayas te tienes que ir. Somos tres contra una . Es que no hay más. Esto va un poco por votación», zanjó una de ellas en el grupo de Whatsapp que compartían.
La polémica conversación , que recuerda inevitablemente al acoso y persecución que sufrió el personal sanitario durante los primeros meses de la pandemia, ha generado una firme respuesta de apoyo por parte de la comunidad de Twitter, que ha condenado y tachado de «irresponsable» el comportamiento de las jóvenes estudiantes. También ha conseguido abrir un debate sobre si, llegado el caso, sería posible (y legal) que los compañeros de piso de una persona positiva en coronavirus le obligaran a irse de casa.
Respuesta legal
La respuesta es firme y unánime por parte de los expertos en materia jurídica consultados por este periódico: «No, absolutamente no, de ninguna manera». Ni siquiera en el improbable supuesto de que el contrato de alquiler incluyera una cláusula que así lo indicara expresamente, refiriéndose, por ejemplo, a enfermedades víricas, explican a ABC abogados penalistas del equipo de Legálitas. Sería completamente discriminatorio .
Además, la decisión de rescindir el contrato recaería siempre sobre el arrendador -no sobre los compañeros de piso del arrendatario-, que a su vez estaría incurriendo en un delito si rompiera unilateralmente el contrato de alquiler. Miriam Nasser , responsable del departamento jurídico de PlusLegal Abogados, insiste, de hecho, en que desde el pasado mes de marzo la Ley de Arrendamiento de vivienda y locales comerciales es «especialmente garantista» con aquellas víctimas de la crisis sanitaria, bien sea por necesidad económica o, como en este caso, por la propia enfermedad. Explica que la normativa protege a los arrendatarios y que los arrendadores solo pueden poner fin al contrato de darse alguno de los supuestos incluidos en la citada norma, «como el impago, actividades nocivas, subarrendamiento...».
Incitación al odio y humillación
Tal y como explican desde Legálitas, los comportamientos que el pasado fin de semana incendiaron las redes sociales podrían incurrir en varios delitos, según el artículo 510 del Código Penal. Por un lado, un delito de incitación al odio o la discriminación, en este caso por enfermedad, que está castigado con penas de prisión de uno a cuatro años y multa de seis a doce meses. Por otro lado, con una pena más leve, prisión de seis meses a dos años y multas económicas también de seis a doce meses, existe un delito de lesiones a la dignidad de la persona, a quien se está menospreciando y discriminando por tener una enfermedad.
Recomendaciones sanitarias
Más allá del propio conflicto con los convivientes, hay que tener en cuenta que abandonar el domicilio supondría para la persona contagiada saltarse el aislamiento domiciliario impuesto por la normativa sanitaria. « No viaje mientras esté infectado por Covid-19 incluso si no presenta síntomas. Quédese en casa y aíslese de las demás personas. Retrase su viaje hasta que sea seguro finalizar el aislamiento en el hogar», informan desde la página web de los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades. Saltarse estas normas -en el caso de Elena, viajar a su domicilio familiar estando contagiada-, además, supone una infracción grave cuya multa oscilaría entre los 3.000 y 15.000 euros, según la comunidad autónoma.
La solución, según Nasser, es no abandonar el inmueble bajo ningún concepto y, de ser necesario, avisar a la Policía para denunciar estas actuaciones. Si dicha persona fuera obligada a abandonar la casa por amenazas, se estaría cometiendo un delito de coacción, también recogido en el Código Penal.
El propio Ministerio de Sanidad ha publicado un tuit este lunes que viene a reafirmar la decisión de Elena Cañizares de no abandonar el piso en el que vive: «Quédate en casa si tienes síntomas, has sido diagnosticado como positivo o has tenido un contacto estrecho con una persona diagnosticada de Covid-19».