Entra en vigor el Registro Central de Delincuentes Sexuales
El Registro incluye los datos identificativos y el perfil genético de los condenados por delitos sexuales en España, e impide que entren en contacto con menores ni en actividades ni en trabajos
El Ministerio de Sanidad ha informado de que se trabaja en su aplicación en el ámbito sanitario, pero la Organización Médica Colegial lo ha criticado porque arriesga la reputación de los médicos de forma «inútil»
![Esta medida forma parte de la Ley de Protección de la Infancia, que, entre otras cosas, reconoce como víctimas directas a los hijos de mujeres afectadas por violencia de género](https://s2.abcstatics.com/media/sociedad/2016/03/01/escuela-madrid--620x349.jpg)
Los condenados en España por delitos sexuales no podrán realizar actividades, trabajos o voluntariado en los que estén en contacto con menores , tras la entrada en vigor hoy del Registro Central de Delincuentes Sexuales .
El Ministro de Justicia en funciones, Rafael Catalá, ha destacado esta tarde en Murcia que el Registro es una iniciativa «bastante razonable» que sirve de protección a los menores y que va en consonancia con la Ley de Protección a la Infancia .
Al respecto, ha señalado que no sólo las relacionadas con los menores, sino que cualquier persona que haya tenido una condena de este tipo constará específicamente en el citado Registro.
El Registro incluirá los datos identificativos y el perfil genético de los condenados por delitos sexuales en España, entre ellos, agresión, abuso sexual, acoso, prostitución, maltrato, exhibicionismo y corrupción menores.
De hecho, la persona que pretenda trabajar con menores deberá presentar un certificado que acredite que no está incluida en dicho Registro, como por ejemplo sucederá con los profesores, quienes no podrán tener antecedentes penales por delitos sexuales para ejercer la docencia.
Registro de ADN
El Registro incluirá los datos de todos los condenados por sentencias firmes dictadas, tanto en España como en otros países, por cualquier delito sexual, así como por trata de seres humanos con fines de explotación sexual, incluyendo la pornografía, con independencia de la edad de la víctima o del condenado.
Pero t ambién incorporará el ADN del condenado cuando lo establezca una resolución judicial, con el fin de dar seguimiento y control a estos delincuentes dentro y fuera de España, así como las penas y medidas impuestas contra estos delincuentes.
Aplicación en Sanidad
El Ministro de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Alfonso Alonso , ha señalado hoy que su Departamento está trabajando con las comunidades autónomas para cerrar un protocolo que facilite la implantación entre los profesionales sanitarios del registro de delincuentes sexuales, que ha entrado hoy en vigor.
En declaraciones a los medios Alonso ha señalado que el objetivo del protocolo es que el registro se pueda poner en marcha «sin perjuicios y con todas las garantías para los profesionales sanitarios». «No tiene que resultar ningún inconveniente», ha subrayado.
Sin embargo, la Organización Médica Colegial (OMC) ha avisado de que el Registro Central de Delincuentes Sexuales, en vigor de este martes, arriesga la reputación de los médicos de forma «inútil» y asegura que el beneficio que va a aportar esta medida es «nulo» ya que los que tienen antecedentes lo son por haber sido condenados y estarán fuera de la práctica profesional, por la sentencia penal y por las medidas disciplinarias colegiales.
«Para los que no han sido condenados y por tanto no tienen antecedentes, la medida no tiene efecto, pero tampoco puede evitar que puedan serlo. Se arriesga la reputación de toda la profesión médica exigiendo un certificado inútil que complicará el funcionamiento de los servicios . En consecuencia, se debe evitar esta medida por la perturbación que se produciría en la relación médico paciente y la imagen que proyectará a la sociedad de todos los médicos y otros profesionales sanitarios como potenciales agresores sexuales de los menores», han argumentado.
Así se desprende de las recomendaciones que el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte acordó con las comunidades autónomas para la aplicación de la Ley de Protección de la Infancia y Adolescencia en el sistema educativo, que contempla el funcionamiento de esta base de datos con el objetivo de proteger a los niños de agresores sexuales , pederastas, pornógrafos y tratantes de seres humanos condenados por sentencia firme tanto en España como en otros países.
Desde la entrada en vigor de la reforma de la Ley de Infancia y hasta que ha puesto en funcionamiento este Registro Central de Delincuentes Sexuales, se estableció como medida transitoria la expedición de certificados del Registro Central de Penados , que ha sido denunciado por los sindicatos de enseñanza porque da cuenta de todo tipo de delitos, además de los sexuales, cometidos por el empleado o aspirante a un puesto de trabajo.
Proteger a los menores
A partir de ahora, todas las personas que pretendan ejercer las profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores deberán aportar a la Administración educativa , antes del inicio de su relación estatutaria o laboral, una certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales . Si fueran de origen extranjero o tuvieran otra nacionalidad, deberán aportar también un certificado negativo de antecedentes penales de su país de origen.
Las administraciones educativas solicitarán a todas las personas con las que mantengan una relación estatutaria o laboral y que estén ejerciendo profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores que aporten, a la mayor brevedad posible, una certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales o el consentimiento para que la Administración educativa pueda consultar directamente estos datos .
Las comunidades autónomas solicitarán a las empresas con las que hayan contratado la prestación de servicios que impliquen contacto habitual con niños la aportación de una declaración responsable de que todo el personal al que corresponde la realización de estas actividades cumple los requisitos fijados por la Ley de Infancia; e instarán a los titulares de los centros educativos privados y concertados a garantizar que el personal que preste servicios en sus instalaciones también los cumple.
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