DELITO CONTRA EL MEDIO AMBIENTE
Un año de prisión para un empresario por verter diez veces más de cromo del tope permitido
La sentencia establece que ha vertido metales sin control alguno hasta más de diez veces el límite máximo permitido. Alguno de los metales produce cáncer de pulmón y otras enfermedades
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a un año de prisión a un empresario de Algete por haberse deshecho entre los años 2002 y 2010, sin control alguno y sin medidas de seguridad, de los líquidos resultantes de la actividad de tratamiento y recubrimiento de metales a que se dedicaba, provocando con ello un grave daño al medioambiente al contaminar el suelo por la concentración de metales en más de diez veces el máximo permitido.
La acumulación de cromo, cobre, níquel, plomo y zinc -establece la sentencia en los hechos probados -, produce una inhibición de la vida bacteriana que mata el terreno , puede llegar al agua y por la cadena trófica o alimentaria dar problemas de tipo renal y por el cromo, el metal más peligroso, producir cáncer de pulmón y otras enfermedades.
El empresario, condenado por un delito contra el medioambiente, era conocedor de todas las deficiencias e infracciones de sus instalaciones, obsoletas desde el punto de vista higiénico-sanitario, ya que el rebose de los baños electrolíticos a que sometía los metales tratados acababa en el exterior de la nave, y aunque fue denunciado en diversas inspecciones, continuó la actividad sin corregir las irregularidades de un modo efectivo. Además de la pena de prisión, deberá pagar una multa de doce meses con una cuota diaria de diez euros y ha sido inhabilitado para el ejercicio de profesión u oficio relacionado con su actividad profesional por espacio de un año. La sentencia puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.