¿Se podrá entrar o salir de Madrid con las nuevas restricciones?
Las nuevas resticciones podrían ser efectivas en menos de 48 horas si la Comunidad de Madrid no consigue posponer o invalidar la orden
Es cuestión de horas que las nuevas restricciones entren en vigor en Madrid si la comunidad no consigue posponer o invalidar la orden del Ministerio de Sanidad. De momento, el Gobierno central ya ha movido ficha y ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) cuales serán las medidas que se aplicarán en municipios como Madrid, la capital de España.
Al tratarse de restricciones de movilidad y no de un confinamiento como el de marzo y abril, los madrileños podrán moverse por la ciudad sin traspasar sus límites y siempre respetando las medidas de protección individual y colectiva. Es decir, no podrán salir de la capital para pasar un día en la sierra o desplazarse a otro municipio. La entrada a Madrid también estará restringida para personas no residentes en la ciudad.
No obstante, existen excepciones a la norma en aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados, como por ejemplo ir a trabajar, a estudiar, para la asistencia y cuidado a mayores, por causa de fuerza mayor o situación de necesidad y, entre otras, por cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.
Además, el BOE aclara que la circulación por carreteras y viales que transcurran o atraviesen los municipios con restricciones de movilidad, será posible siempre y cuando tenga origen y destino fuera de los mismos.
Entre otras restricciones, Sanidad establece que las reuniones sociales y familiares, tanto en la vía pública como en espacios públicos y privados, se reducirá a un número máximo de seis personas salvo que se trate de convivientes y excepto en el caso de actividades laborales e institucionales o en el de actividades en que se establezcan límites o medidas específicas.
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