Otros cinco fallos avalan al castellano como lengua vehicular en Cataluña
El TSJC reconoce a una madre el derecho a que sus hijos reciban el 25% de las clases en castellano pese a cambiarlos de centro
Cinco nuevos pronunciamientos judiciales que trascendieron este jueves avivan aún más la tensión que se vive en Cataluña tras el anuncio por parte del Gobierno de posibles retoques en el modelo lingüístico en la escuela catalana. A falta de unas semanas para que salga publicado el folleto de preinscripción escolar y se despejen definitivamente las incógnitas sobre si habrá o no una casilla que permita escoger la escolarización en castellano , cinco nuevas sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) insisten en que el modelo de la escuela catalana debe ser el de conjunción lingüística, en el que conviven como lenguas vehiculares el catalán y el castellano , según informa en un comunidado la Asamblea por una Escuela Bilingüe (AEB).
En los fallos, tres de octubre de 2017, otro de diciembre de 2017 y el último del 16 de febrero de 2018, el alto tribunal catalán reconoce que, aunque el catalán debe ser «el centro de gravedad» del sistema escolar de Cataluña, eso no debe ir en perjuicio del castellano, lengua que, según reconoce el alto tribunal, debe tener el papel de lengua vehicular.
«Resulta legítimo que el catalán, en atención al objetivo de la normalización lingüística en Cataluña, sea el centro de gravedad», apunta el fallo aludiendo a pronunciamientos anteriores del TC, aunque matiza que «siempre con el límite de que ello no determine la exclusión del castellano como lengua docente».
En las tres sentencias de octubre y en la de diciembre de 2017, el TSJC reconoce el derecho a recibir el 25 por ciento de las clases en castellano para los hijos de cuatro familias del Colegio Concertado El Pinar de Nuestra Señora, de Sant Cugat del Vallès (Barcelona) y, por extensión, a todos los alumnos que se encuentran en el aula de los afectados por el fallo. En dicho centro, el número de grupos-clase afectados por esas sentencias ha conllevado la implantación de un modelo generalizado de escuela bilingüe.
Por otro lado, en el último de los fallos, con fecha de 16 de febrero de 2018, el alto tribunal catalán reconoce a Ana Moreno, la madre de Balaguer (Lérida) que tuvo que cerrar su negocio y cambiar a sus hijos de escuela a raíz del acoso de partidos políticos y entidades nacionalistas, el derecho a que sus hijos, y por extensión sus compañeros de aula, reciban actualmente el 25 por ciento de las horas lectivas en castellano , un derecho que ya tenía reconocido en otra sentencia, pero que no pudo aplicar en el nuevo colegio en el que tuvieron que trasladarse.
Aunque el fallo del TSJC, consultado por ABC, no alude directamente a que los alumnos tienen derecho a recibir ese 25 por ciento de clases en castellano en el nuevo centro, situado en Lleida, sí les reconoce ese derecho de nuevo, lo que, según Ana Losada, presidenta de la Asamblea por una Escuela Bilingüe (AEB) que ha asesorado a los padres en el proceso, «significa que ese derecho es inherente a los alumnos y no al centro en el que se encuentran en el momento en el que llega la sentencia». «Es la primera vez que se reconoce ese derecho sin haber préviamente medidas cautelares en ese centro», apunta José Domingo, miembro de AEB.
A raíz de los reiterados pronunciamientos judiciales que fijan que el modelo educativo catalán es de conjunción lingüística y no de inmersión, la AEB exige al departamento de Enseñanza, ahora en manos del Gobierno, que adopte las medidas necesarias para que, de cara al curso próximo, los proyectos lingüísticos de los centros respeten el modelo legal de conjunción lingüística, dejando así de someter a los ciudadanos a la presión de tener que recurrir a los tribunales para ver reconocidos sus derechos.
Noticias relacionadas