Los obispos piden a las comunidades «una ampliación razonable» del horario de Religión
La Conferencia Episcopal solicita a las autonomías que no reduzcan la asignatura a la hora semanal que recoge el Proyecto de real decreto por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Primaria
Teniendo en cuenta que son las comunidades autónomas las que tienen competencia para determinar buena parte de los contenidos curriculares, la Comisión Episcopal para la Educación y Cultura solicitó este jueves a a las respectivas Administraciones regionales «una ampliación razonable del horario de la materia de Religión, sin reducirlo a lo establecido por el Ministerio en el ámbito de sus competencias sobre Enseñanzas Mínimas».
El Proyecto de real decreto por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Primaria, enviado a las comunidades autónomas reduce la carga lectiva de la asignatura a una hora semanal.
Según el documento, la asignatura de Religión tendría 210 horas para toda Primaria (70 horas para cada ciclo) , es decir, 90 horas menos si se compara con la LOE de 2006, aprobada por el Gobierno socialista de José Luis Rodríguez Zapatero; o lo equivalente a una hora a la semana.
«Sorprende que en una apuesta por un modelo competencial se limite al mínimo posible la carga lectiva en un ámbito tan decisivo para la educación de la persona como es el de la enseñanza de la Religión», aseguran los obispos a través de una nota.
Además, los prelados se lamentan de que la asignatura no cuente con una materia espejo. «Consideramos un error que no se haya ofrecido al alumnado que no elige Religión un área en condiciones equiparables, ya que se evitaría todo riesgo de discriminación y habría sido una mejor respuesta a las exigencias derivadas de las competencias clave» que demanda la Unión Europea.
Los prelados además dicen no entender que en los proyectos de Decretos de Enseñanzas Mínimas presentados a las comunidades autónomas la evaluación no sea tenida en cuenta en las etapas superiores, a efectos de la computabilidad.