El nuevo criterio para saber quién se queda el perro tras el divorcio: ¿Qué cambiará la legislación?
El Congreso trabaja en un cambio legal para que los animales no se consideren cosas. Cuando se apruebe, los jueces decidirán el futuro de las mascotas atendiendo a su bienestar y al de la familia
Cuando hace más de una década Paqui apareció en el despacho del abogado extremeño Carlos Franco, su petición apenas tenía precedentes en España: quería presentar una demanda para reclamar a su expareja la «tenencia compartida» de su perro Laude. Lograron una sentencia pionera. El juez determinó la estancia del can color canela en periodos de seis meses en cada hogar. Desde entonces, este tipo de decisiones judiciales se han repetido en diferentes juzgados de España. Pero no siempre es fácil. En general, para determinar el destino de una mascota en casos de separación, los juzgados solo comprueban a nombre de quién se inscribió el animal. El Código Civil dice que son meros «bienes muebles». Ahora esta definición tiene los días contados.
El Pleno del Congreso tomó este martes en consideración –con apoyo de toda la Cámara salvo Vox– una proposición de ley del PSOE para modificar el Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil . El objetivo es que los animales sean considerados «seres vivos dotados de sensibilidad» , y no cosas. La propuesta, de hecho, no es nueva. Recoge una inciativa aprobada en 2017 , entonces propuesta por el PP, que no pudo culminar su tramitación parlamentaria al disolverse las Cortes en marzo de 2019.
Si esta vez logra llegar a término, las modificaciones tendrán repercusiones para las custodias de las mascotas en caso de divorcio. El juez decidirá el destino de los animales en caso de contienda entre los excónyuges, y su decisión a favor de uno o ambos será «atendiendo al interés de los miembros de la familia y al bienestar del animal». Pero no es la única modificación. Los animales también dejarán de ser objetos embargables en caso de ejecución hipotecaria , se fija el derecho a reclamar los gastos derivados de su cuidado, y se establece qué hacer frente a abandonos o sospecha de maltrato.
«La diferencia más importante es el hecho de que los jueces, en casos de crisis de pareja, deberán aplicar como criterio imperativo el resolver la custodia compartida del animal atendiendo a proporcionarle el mayor bienestar , mientras que ahora solo se podía aplicar la custodia en aquellos casos en los que se demostrara que ambos eran los propietarios . En muchos asuntos de familia los jueces rehusaban pronunciarse sobre el destino de los animales, siendo el consejo de los letrados llegar a un acuerdo casi imperativo», explica Lola García, abogada activista del despacho Derecho&Animales.
No hace falta ser el propietario
Los jueces podrán dar la custodia de un animal a uno de los miembros de la pareja con independencia de que ese sea el propietario o no, primando el bienestar del animal. «Lamentablemente, igual que ocurre con los menores, los animales también se utilizan en los procesos de ruptura para hacer daño a la pareja», apunta García. «Es importante que estas cuestiones estén reguladas y no queden al criterio de la sensibilidad o no de los jueces, ya que comporta inseguridad jurídica para el ciudadano».
Precisamente este ha sido uno de los argumentos destacados durante el debate en el Congreso. « Ya es hora de que los animales dejen de ser considerados cosas y ser tratados como se merecen , como seres sintientes», ha dicho Sandra Guaita, del PSOE, quien ha recalcado que la nueva regulación tratará de dar respuesta a dilemas como los de la custodia en caso de separación. «Los jueces se encuentran sin instrumentos jurídicos, de esto va [la propuesta]», ha explicado por su parte la diputada del PP María Jesús Moro.
No obstante, el texto no especifica qué se considera animales de compañía más allá de casos claros como perros o gatos. ¿Se extiende también a reptiles? «Es un tema controvertido, y espero que la ley estatal de protección animal que todos esperamos sirva para aclarar definitivamente y definir correctamente», dice García.
Imperativo en el ordenamiento
Al margen del Código Civil, la modificación de la Ley Hipotecaria se refiere a que los animales de explotaciones ganaderas, industriales o de recre o no estarán incluidos en las hipotecas, y la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil alude a que los animales de compañía no son embargables ante impagos.
«Considero un avance muy importante esta proposición de ley, con cuyo contenido llevamos trabajando desde el Observatorio Justicia y Defensa Animal desde hace 6 años y viene respaldado por casi medio millón de apoyos ciudadanos en la plataforma Change.org», asegura la abogada Nuria Menéndez Llano. En su opinión, las principales implicaciones legales de esta reforma serán la adecuación del ordenamiento jurídico español al mandato europeo y el hecho de consagrar el reconocimiento de que los animales son seres vivos dotados de sensibilidad como principio interpretativo para todo el ordenamiento jurídico español.
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