Multas de hasta 600.000 euros por matar animales intencionadamente

Así figura en el borrador de la Ley de Protección y Derechos de los Animales

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ABC

Matar un animal en España de forma intencionada será sancionado con hasta 600.000 euros. Así figura en el borrador de la Ley de Protección Animal que ayer publicó el Gobierno de España. Concretamente contempla la sanción por «el sacrificio no autorizado de animales, matar a un animal o causarle secuelas permanentes y graves de forma intencionada, y la eutanasia de animales con medios inadecuados o por personal no cualificado».

El texto incluye 89 artículos y 17 disposiciones (entre adicionales, transitorias, derogatorias y finales), y entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). El deseo de la Dirección General de Derechos de los Animales es que eso ocurra el 1 de enero de 2023.

La norma excluye a los animales empleados en espectáculos taurinos y, en determinados casos, los utilizados en experimentación y otros fines científicos, incluida la docencia. La finalidad de la ley es « alcanzar el máximo nivel de protección de los animales , fundamentalmente de aquellos de compañía y de los que se encuentran bajo la responsabilidad de las personas». Así pues, se centra en los animales que viven en el entorno humano, especialmente los de compañía, domésticos, domesticados o silvestres en cautividad.

La ley establece como infracción grave (con multa de 100.001 a 600.000 euros) matar a un animal o causarle secuelas permanentes graves «de forma intencionada», el sacrificio no autorizado de animales, la eutanasia de animales con medios inadecuados o por personal no cualificado, el adiestramiento y uso de animales para peleas y riñas con otros animales o personas, el uso de animales de compañía para consumo humano o de otros animales, la caza de gatos comunitarios y alimentar a los animales con vísceras, cadáveres y otros despojos procedentes de animales que no hayan superado los oportunos controles sanitarios.

Entre las infracciones graves (con multa de 30.001 a 100.000 euros) están matar o provocar al animal secuelas permanentes graves «de forma imprudente», no identificar al animal de compañía, el uso no autorizado de métodos agresivos o violentos en la educación del animal y la cría, el comercio y la venta de animales -salvo los peces- en tiendas o por criadores no autorizados, así como abandonar al animal, practicarle mutilaciones no autorizadas o utilizarle como recompensa, premio, rifa o promoción.

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