Los lesionados en carretera serán indemnizados durante toda su vida
En 2016 entra en vigor el nuevo baremo de compensación a las víctimas de accidentes de tráfico
Año 1995. Cerca de 5.000 personas mueren en la carretera y los lesionados por accidentes de tráfico se cuentan por miles. Año 2015. Se cerrará con un balance de muertos muy inferior, de no más de 1.200 personas, y habrá una cifra semejante de heridos. Veinte años después la Ley 35/2015 reforma el sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en siniestros de circulación y desde mañana entra en vigor. La nueva valoración entraña un 8% más de pago medio al perjudicado en un siniestro en carretera. En caso de fallecimiento en accidente, se incrementa un 50% la indemnización a los familiares y la cuantía por lesiones con secuelas graves se eleva en un 35%, pero baja la valoración de daños para las incapacidades temporales y lesionados leves.
El cambio de año entraña un cambio de normativa, cuyas novedades fundamentales residen en la inclusión de compensaciones a una sociedad que muda su forma. Se abre el sistema al reconocimiento de derechos a cinco grupos familiares, como cónyuges e hijos, las familias monoparentales, hijos de otros matrimonios anteriores, parejas del mismo sexo, incluso allegados (personas que han pasado los 5 años justo antes de la muerte de una persona en carretera).
La reforma considera también a las amas de casa . Si sufre un accidente a partir del 1 de enero de 2016, sus familiares podrán recibir una prestación equivalente al salario mínimo interprofesional.
Otra modificación clave es que por primera vez se reconoce el lucro cesante , es decir, lo que se deja de ganar según el salario que se ganaba en un puesto de trabajo tras un accidente.
También se modifica la forma de cubrir los gastos del lesionado : hasta ahora la aseguradora se ocupaba de sufragar una prótesis, hasta el día de su curación o el que finalizan las secuelas. Desde mañana, la compensación abarca el tratamiento de por vida, y serán cinco las piezas de ortopedia contempladas por la ley, al entender que un lesionado ha de renovarlas si esos efectos en la salud son perpetuos. Las aseguradoras, y no el Estado ni las autonomías, deberán costear los gastos de la sanidad pública en una intervención quirúrgica, los gastos de estabilización del accidentado y los generados como consecuencia del accidente durante toda la vida.
Las aseguradoras estiman el gasto en 2016 en unos 1.771 millones de euros, un 16% más que este 2015. Al entender de algunos expertos consultados, los miedos también pasan por que las compañías sean ahora más restrictivas respecto a otras patologías menos graves , como el latigazo cervical o la lumbalgia, que a la postre suponen el 90% de los casos de secuelas que deja un siniestro al volante y que ello repercuta en las primas que cobran a sus clientes.
La norma desarrollada por el Ministerio de Justicia tiene algunos peros. A la vista de la Asociación Estatal de Víctimas de Accidentes (DIA), se trata de un «baremo nuevo, pero con errores antiguos». A su juicio, y aunque es una modificación de la ley hecha con el consenso de las aseguradoras, de las propias víctimas, Fiscalía y Abogacía, se trata de una norma dirigida a los grandes lesionados.
Noticias relacionadas