La Justicia balear declara nulo el decreto del catalán en la sanidad aprobado por Armengol

El TSJIB estima el recurso presentado por el sindicato CSIF, que consideraba que varios de los preceptos de la nueva norma limitaban los derechos del personal sanitario

Imagen de archivo de una concentración contra la exigencia del catalán en la Sanidad balear EFE

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El Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares (TSJIB) dictó ayer una sentencia, que ha trascendido este viernes, en la que declara nulo el decreto del catalán en la sanidad balear , aprobado en marzo de 2018 por el Ejecutivo que entonces presidía ya la socialista Francina Armengol. El TSJIB ha estimado ahora el recurso presentado en su momento por el sindicato CSIF, que consideraba que varios de los preceptos de la nueva norma limitaban los derechos del personal sanitario . La resolución judicial ha sido avanzada por el digital «mallorcadiario.com» y confirmada por ABC.

El citado decreto lingüístico regula el conocimiento de catalán que deben tener en la actualidad los médicos y los enfermeros que deseen trabajar en la sanidad pública balear. Como se ha indicado, dicha norma fue aprobada en la pasada legislatura, en la que la consejera de Salud del Ejecutivo presidido por Armengol era la también socialista Patricia Gómez. En el presente mandato ambas mandatarias están ejerciendo de nuevo los mismos cargos.

Cabe recordar que el decreto aprobado finalmente, más flexible que el originariamente previsto por el Govern, estableció que se podrían presentar a las distintas oposiciones que convocase el IB-Salud todos los profesionales sanitarios que lo deseasen, aunque en el momento de examinarse no tuvieran la preceptiva titulación lingüística fijada para cada categoría laboral, que deberían conseguir más adelante .

En sentido estricto, el catalán no es hoy un requisito previo para que un médico o un enfermero puedan trabajar en la sanidad pública balear, sino un requisito diferido. Así, el decreto estableció que quienes se presentasen a las distintas oposiciones previstas por el IB-Salud dispondrían de un plazo de dos años, como máximo, para poder consegui r el diploma de catalán una vez obtenida una plaza fija en el Servicio de Salud. Los médicos y los enfermeros han de llegar a acreditar, según el decreto, un nivel elemental —B1— de catalán. De no hacerlo así, no pierden su plaza, pero no pueden pedir traslados ni acceder al complemento de carrera profesional.

Argumentación jurídica

La sentencia del TSJIB conocida este viernes señala, citando jurisprudencia previa, que «el nivel de conocimiento de la lengua catalana exigible ha de ser razonable; esto es, conectado de algún modo con la capacidad requerida para desempeñar la función», por lo que «una aplicación desproporcionada del nivel de conocimiento requerido puede vulnerar el principio de igualdad recogido en el artículo 14 de la Constitución». En cualquier caso, «la exigencia de un cierto nivel de conocimiento de la lengua catalana» para acceder a funciones públicas en la Comunidad es «constitucionalmente lícita».

El fallo del tribunal reconoce más adelante que si bien el Govern puede fijar el conocimiento del catalán como un «requisito general de acceso a las actividades públicas», no obstante el nivel de conocimiento exigido «ha de guardar proporción con aquel que precisa el tipo y nivel de la función o puesto a desempeñar». En ese contexto, la progresividad en el proceso de normalización lingüística iniciado en los años ochenta en Baleares «puede verse excepcionada en algún caso, justamente en atención a la ineludible garantía de los intereses generales más prioritarios, esto es, para salvaguardar la prestación efectiva -y satisfactoria- de los servicios públicos esenciales».

La sentencia cita las distintas normativas legislativas que se han venido aplicando en materia lingüística en Baleares en los últimos años. «Toda decisión fundamental atribuida a los poderes públicos, sea la que fuera la materia a que se refiere, está reservada a la ley», recuerda. Por tanto, «corresponde a la ley la regulación del estatuto de los funcionarios públicos», mientras que los decretos que puedan aprobarse sólo tendrán la función de «colaborar con la ley en la tarea de completar o desarrollar las determinaciones legales». En el caso que nos ocupa, las especificidades recogidas en el actual decreto del catalán en la sanidad, por ejemplo la del requisito diferido, entrarían en contradicción con la Ley de Función Pública balear hoy vigente. En ese sentido, dichas especificidades deberían haber sido aprobadas legislativamente por el Parlamento regional y no a través de un decreto del Govern.

Tal como había denunciado el CSIF, la sentencia considera por último que no se ajusta a la ley el hecho de no poder pedir traslados ni poder acceder al complemento de carrera profesional en caso de no lograr finalmente la titulación de catalán establecida en el decreto. «Si a los productos normativos de la Administración no les cabe contradecir las decisiones del legislador en cuanto a la exigencia del conocimiento de la lengua propia de la Comunidad autónoma, tampoco les cabe a esos productos normativos privar a los beneficiarios de cualquier derecho legalmente reconocido», especifica. Una vez hecho público ahora el fallo judicial, el Govern podrá presentar un recurso de casación. Fuentes oficiales de la Consejería de Salud han explicado a ABC que, presumiblemente, presentarán dicho recurso en los próximos días.

Consecuencias del decreto

Casi dos años después de la puesta en marcha del mencionado decreto, se estima que una treintena de profesionales sanitarios habrían abandonado el Archipiélago por su desacuerdo con la exigencia del catalán . Paralelamente, en estos últimos meses se estaba a la espera de saber si el decreto acabaría siendo o no invalidado en los tribunales, como ahora finalmente ha sucedido, tras los recursos presentados en su momento por el CSIF y por Mos Movem.

Los partidos que directa o indirectamente apoyan a Armengol, que son el PSOE, Unidas Podemos, MÉS per Mallorca y MÉS per Menorca, siempre habían defendido que la regulación lingüística aprobada por el Govern era legal y positiva en su conjunto, posición que también mantenía el Sindicato de Enfermería (Satse). En cambio, desde la oposición el PP, Cs y Vox habían mostrado su oposición frontal al mencionado decreto, al igual que el Sindicato Médico de Baleares y diversas entidades cívicas, como la ya citada Mos Movem.

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