La madre que perdió la custodia por «inmadura, egoísta y caprichosa» y no por vivir en la «Galicia profunda»

Un auto de un juzgado de Marbella reconoce que el padre está «entregado, es una persona madura y estable emocionalmente», además de gozar de una situación socioeconómica mucho más solvente

Imagen de archivo ABC

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Que los árboles no impidan ver el bosque. O aplicado al caso, que una llamativa referencia a la «Galicia profunda» en una decisión judicial por la custodia de un menor no esconda las razones de peso de la argumentación jurídica. Vayamos por partes. El Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Marbella no ha concedido la custodia provisional de un pequeño de 13 meses a su padre porque este quisiera permanecer en la capital de la Costa del Sol y su madre optara por regresar a su pequeña aldea natal en Galicia, sino por todo un cúmulo de circunstancias.

La juez María Belén Ureña las resume en que «no hay que dar por supuesto que una madre, por el hecho de ser mujer y haber parido un hijo , esto es, por razones puramente biológicas, está más capacitada o tiene cualidades o habilidades especiales para cuidar mejor de un niño» dado que, «de admitir esto, estaríamos perpetuando el papel de la mujer en la sociedad patriarcal». 'Perspectiva de género' pero partiendo de postulados neutros.

En el auto de medidas provisionales previas, facilitado por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), se narra la procelosa separación de los progenitores. Ambos se conocen en Madrid, comienzan su vida en común, y de mutuo acuerdo, deciden trasladarse a Marbella. Él, médico especialista, trabaja en distintos hospitales de la comarca; ella, decoradora de interiores, es asalariada de una empresa. En agosto del año pasado nació su hijo y la madre abandonó su empleo para la crianza, si bien el padre solicitó los cuatro meses de su permiso de paternidad y otro mes adicional este verano. Fue entonces cuando « empezaron las desavenencias entre la pareja », según relata la resolución judicial. Y, tras varias amenazas, la madre «se marchó con el niño a Galicia, a pesar de la oposición reiterada y expresa» del padre , materializada en correos electrónicos y denuncias ante la Policía.

«Ella se lleva al niño sin autorización»

La decisión de la madre, de 30 años, «es totalmente unilateral y no consentida por el padre y se ha ejecutado por la vía de hecho, sin previa autorización judicial» y «sin dejar margen alguno al padre para poder consensuar, en su caso, el traslado de su hijo a Galicia», en concreto a la parroquia de Torea, en el municipio coruñés de Muros.

Con notable dureza, y a partir del «análisis detallado de los mensajes de WhatsApp entre ambos progenitores», la juez censura a la madre por su «actitud caprichosa, egoísta, inmadura, agresiva e irrespetuosa» , que «no ha acreditado causa alguna que justifique el traslado del menor a Galicia, más allá de su mera conveniencia personal, anteponiendo sus propios intereses a los de su hijo, atribuyéndose el poder de decisión de la vida del menor como si éste fuera de su propiedad». Entre los mensajes, algunos del tipo «es mi hijo», «se viene conmigo», «al niño lo he criado yo y como conmigo no va a estar con nadie», «ya está hablado y la decisión tomada», «nos vemos en los juzgados» o«cuanto antes lo aceptes, mejor para todos».

Cuando el padre redobló su insistencia para no perder el contacto con su hijo, «su expareja adoptó una actitud hostil, con faltas de respeto e insultos... Antepuso sus intereses a los del menor», según el auto

Buscaba «eliminar la figura paterna de la vida del menor... Voy a hacer lo posible para alejarlo lo máximo de ti», sostiene la resolución

El tono fue subiendo cuando el padre redobló su insistencia para no ser privado unilateralmente del contacto con su hijo. Entonces, la madre adoptó con su expareja «una hostilidad y una falta de respeto inadmisibles, con insultos y risas fuera de lugar», que no buscaban sino «eliminar la figura paterna de la vida del niño», con perlas como: «Hijo de puta, busca algo bueno», «cualquier persona encontraría algo bueno en todo lo que hice, ¡maldito hijo del diablo!, estás podrido por dentro», «¡púdrete en el infierno, muérete, desaparece, haznos ese favor», indica la sentencia. Las notas de voz son harto elocuentes: «Voy a hacer lo posible (con mi hijo), para alejarlo lo máximo posible de ti» , «mi hijo no pinta nada absolutamente contigo», «eres un auténtico hijo de puta». El auto recoge incluso cómo la madre «llega a reconocer que estuvo planeando abortar».

La «Galicia profunda»

La parte polémica es la de la «Galicia profunda». La mención aparece, en efecto, pero en un determinado contexto. La juez Ureña contrapone que el padre del bebé «es médico, con un trabajo fijo, bien remunerado y con flexibilidad horaria; es un padre entregado, una persona madura, estable emocionalmente que tiene un proyecto coherente de vida, es consciente de sus responsabilidades como padre y ha demostrado tener habilidades parentales, así como una preocupación constante por el bienestar del menor». Todo ello le llevó, incluso, «a pesar de la deplorable actitud de la madre», a ofrecer «una custodia compartida por el bien del niño» , así como «una cantidad generosa» para que su expareja pudiera «instalarse en otra vivienda y buscar trabajo», continúa la resolución. Ella lo rechazó. Por el contrario, se marchó a Galicia, reclamó la guardia y custodia y una pensión por alimentos «a cargo del padre por importe de 1.200€/mes» .

Después de todo el razonamiento referido a las circunstancias individuales de cada uno de los progenitores y las actitudes exhibidas durante el proceso, la juez contrapone que Marbella «es una ciudad cosmopolita, que tiene todo tipo de infraestructuras , con todo tipo de colegios para poder educar a un niño (...), con un buen hospital en el que además trabaja su padre como médico» y que, en resumen, «ofrece múltiples posibilidades para el adecuado desarrollo de la personalidad de un niño y para que crezca en un ambiente feliz».

Por el contrario, la magistrada sostiene que esto «no sucede con la pequeñísima población en la Galicia profunda a la que se ha trasladado la madre, lejos de todo , en la que ni siquiera tiene opciones laborales, si bien ha demostrado la nula intención de buscar trabajo, pues pretende estar dos años criando a su hijo porque cuenta con la prestación económica de 1.200€ que le ha solicitado al padre a pesar de que tiene 30 años».

La magistrada defiende que al caso se le aplique «una perspectiva de género, pero desde una óptica igualitaria entre hombres y mujeres»

Se ha fijado un régimen de vistas para la madre, que deberá abonar 150 euros al mes en concepto de pensión alimenticia, dada su condición de desempleada

Torea es una parroquia del concello coruñés de Muros en la comarca de la ría de Muros-Noia. Con una población de unos 300 habitantes, esta pedanía de interior se encuentra a 15 minutos del centro urbano. En el conjunto del municipio residen algo menos de 9.000 personas, y cuenta con todos los servicios básicos imaginables: centro de salud, de educación primaria y secundaria, biblioteca, instalaciones deportivas, piscina, escuela de música... Muros se encuentra a 60 kilómetros de Santiago de Compostela, la capital gallega. La magistrada parece no conocer realmente la realidad de la «Galicia profunda» .

En su argumentación, defiende que al caso se le aplique «perspectiva de género» pero desde una óptica igualitaria entre hombres y mujeres , ya que de lo contrario se estaría actuando «con sesgo». Así pues, determinó que «la guardia y custodia se otorga de forma exclusiva al padre», y se fija un régimen de visitas para la madre, que habrá de desplazarse a Marbella, además de abonar una pensión alimenticia de 150 euros mensuales, el mínimo que fija la ley, dada su condición de desempleada. Por último, el padre deberá «facilitar la comunicación diaria de la madre con el menor por medios telemáticos». El auto no agota el procedimiento sino que se limita a fijar medidas provisionales , en tanto en cuanto no se resuelve la demanda de custodia.

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