El juez obliga a una barbería de Palma a retirar el cartel que impedía la entrada de mujeres en el local
El Gobierno balear, que había presentado en diciembre una demanda por este caso, ha expresado su «satisfacción» por la resolución judicial
![El juez obliga a una barbería de Palma a retirar el cartel que impedía la entrada de mujeres en el local](https://s2.abcstatics.com/media/sociedad/2017/05/12/BARBERIA-kCMC--620x349@abc.jpg)
La portavoz del Gobierno balear, la socialista Pilar Costa , ha expresado este viernes su «satisfacción» por la decisión del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Palma de obligar a la barbería Syndicate Barbers a retirar del local un cartel con contenido sexista. El establecimiento deberá pagar además las costas del proceso y publicar de manera íntegra la sentencia. La denuncia originaria había sido presentada el pasado mes de diciembre por el Ejecutivo regional, por publicidad presuntamente vejatoria contra la mujer.
En el mencionado cartel aparecían dibujados un hombre, un perro y una mujer, con una frase escrita en castellano y también en inglés justo debajo de cada figura. « Yo puedo entrar » o «I come in», rezaba bajo el dibujo del hombre. «Yo también» o «Me too», podía leerse cuando uno miraba la ilustración del perro. «Yo no» o «Not me», aparecía debajo del retrato de la mujer. El establecimiento ahora condenado se encuentra ubicado en la Plaza Progreso de la capital balear.
«Continuaremos actuando de manera contundente ante las manifestaciones o casos en que, como éste, se presente a la mujer de una manera discriminatoria», ha afirmado Costa. Asimismo, ha indicado que el Govern « anima a la gente » a que cualquier tipo de publicidad de esas características «se ponga en conocimiento de la Administración», que actuará en el marco de sus competencias.
El propietario de Syndicate Barbers, el holandés Bob Van den Hoek, había justificado hasta ahora en diversas entrevistas que en su barbería sólo pudieran entrar hombres. En ese sentido, solía recalcar que hay establecimientos de belleza en los que únicamente pueden entrar mujeres. Asimismo, decía también que su ideal era que el local fuese un lugar sólo « para caballeros ». En ese contexto, Van den Hoek había reconocido que el citado cartel resultaba algo «provocador». En cualquier caso, ahora lo ha retirado ya y ha aceptado la sentencia.
Cabe recordar que en el verano del pasado año habían sido presentadas ya varias denuncias en el Instituto Balear de la Mujer en relación al polémico rótulo. Este organismo pidió entonces a Van den Hoek que retirase el citado cartel, cosa que hizo, aunque lo volvió a colocar poco después. Por ello, el Instituto Balear de la Mujer se puso en contacto con el Govern, el Ayuntamiento de Palma y el Observatorio de la Mujer para ver si, en el marco de sus respectivas competencias, podrían obligar a retirar el letrero o incluso imponer una sanción.
Manera vejatoria o discriminatoria
La denuncia que finalmente presentó el Gobierno balear en diciembre fue una « demanda de acción de cese por publicidad ilícita » por la presunta «rotulación sexista» existente en el citado local. La Ley General de Publicidad establece que por «publicidad ilícita» se entiende la que atenta contra la dignidad de la persona o vulnera los valores y los derechos reconocidos en la Constitución.
La Ley General de Publicidad también indica que «se entienden incluidos en la previsión anterior los anuncios que presenten a la mujer de manera vejatoria o discriminatoria , bien utilizando particular y directamente su cuerpo o partes de éste como simple objeto desvinculado del producto que se pretende promocionar, bien su imagen asociada a comportamientos estereotipados que vulneren los fundamentos de nuestro ordenamiento coadyuvando a generar la violencia a que se refiere la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género».
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