Cómo funciona hasta ahora la gestación subrogada y qué cambiará con la nueva ley del aborto

El borrador del anteproyecto de ley del Ministerio de Igualdad quiere perseguir penalmente a los españoles que tengan hijos por este método en el extranjero

El Gobierno perseguirá a las parejas que recurran a gestación subrogada en la nueva ley del aborto

La ministra de Igualdad, Irene Montero, este miércoles en el Congreso EP

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La futura ley del aborto en la que trabaja el Ministerio de Igualdad y que está previsto que se apruebe en el Consejo de Ministros del próximo martes dedicará varios artículos a la gestación subrogada , según ha podido comprobar ABC al acceder al borrador del anteproyecto de ley, adelantado este miércoles por la 'Cadena Ser'. Entre otras cosas, el Ejecutivo quiere perseguir penalmente a los españoles que tienen hijos en el extranjero mediante maternidad subrogada o prohibir cualquier tipo de publicidad que lleven a cabo las agencias intermediarias que operan en España. Hasta ahora, aunque en España no es posible recurrir a este proceso, los españoles sí pueden hacerlo en países donde la maternidad subrogada está permitida sin que eso conlleve sanciones.

En la exposición de motivos del anteproyecto, se habla de «reafirmar el compromiso de respuesta frente a vulneraciones graves de los derechos reproductivos que constituyen manifestaciones de la violencia contra las mujeres, como la gestación por subrogación ». En este sentido, recuerda que en España se considera nulo cualquier contrato de gestación y que la filiación se determina por el parto, aunque remarca que aun así hay españoles que llevan a cabo el proceso de la gestación subrogada «amparándose en una regulación internacional diversa ». «Nuestro país debe lanzar un mensaje contundente en el sentido de reconocer normativamente esta práctica como una forma grave de violencia reproductiva, y tomar medidas en el ámbito de la prevención y de la persecución penal, más allá de nuestras fronteras», dice el borrador.

Actualmente, la gestación subrogada es nula de pleno der echo en España. Así lo establece el artículo 10 de la Ley 14/2006, de 26 de mayo, sobre técnicas de reproducción humana asistida. El primer apartado es claro: «Será nulo de pleno derecho el contrato por el que se convenga la gestación, con o sin precio, a cargo de una mujer que renuncia a la filiación materna a favor del contratante o de un tercero». En el siguientes apartados se establece que la filiación de los niños será determinada por el parto.

Más de 2.300 nacimientos en diez años

Sin embargo, hasta ahora los españoles sí que pueden recurrir al proceso en los países donde este es legal, como Estados Unidos, Canadá o Ucrania, entre otros. Según datos publicados el pasado año por ABC, a principios de 2021 y desde el año 2010 España había inscrito a al menos 2.350 menores nacidos por gestación subrogada en las distintas oficinas consulares y misiones diplomáticas del país.

Así, el Ministerio de Igualdad quiere «prevenir» la gestación subrogada con c ampañas institucionales , promoviendo información «de la tipificación de estas conductas como delito, virtud del artículo 221.2 del Código Penal». En la misma línea, pretende también prohibir la publicidad de las agencias de intermediación mediante la modificación de la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad, para considerar «ilícita» la publicidad en medios de comunicación «que tenga como fin la promoción comercial de la gestación por sustitución». Las sanciones, dice el texto, recaerán sobre los medios que publiquen los anuncios.

Por último, habla de perseguir penalmente a las personas que lleven a cabo c ontratos de gestación por sustitución . Serán los tribunales, expone el texto, los competentes para «conocer de los delitos de gestación por sustitución previstos en el artículo 221.2 del Código Penal cometidos fuera de España, cuando el comitente sea español o resida habitualmente en España». Esto, sin embargo, no se aplicará a las mujeres gestantes, dice el borrador.

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