Coronavirus

El Gobierno prorroga los contratos temporales de profesorado universitario y personal investigador durante el estado de alarma

Estas prórrogas tendrán una extensión equivalente a la duración del estado de alarma por el coronavirus y, en su caso, sus prórrogas

Excepcionalmente, estas prórrogas podrán extenderse hasta 3 meses adicionales al tiempo de duración del estado de alarma y sus prórrogas

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El Consejo de Ministros realizado en el día de hoy ha aprobado la prórroga de los contratos temporales del profesorado universitario, así como del personal investigador , durante el estado de alarma por el coronavirus , en una propuesta conjunta del Ministerio de Universidades, el Ministerio de Trabajo y Economía Social y el Ministerio de Ciencia e Innovación.

Los contratos de ayudantes, profesores ayudantes doctores, profesores asociados y profesores visitantes, celebrados conforme a los artículos 49, 50, 53 y 54 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, cuya duración máxima esté prevista que finalice durante la vigencia del estado de alarma por la crisis del virus Covid-19 , se prorrogarán de acuerdo con las reglas establecidas en la disposición adicional aprobado hoy, salvo pacto en contrario entre las partes.

Además, las entidades que hubieran suscrito contratos de trabajo de duración determinada con cargo a la financiación procedente de convocatorias de ayudas de recursos humanos realizadas por agentes de financiación del Sistema Estatal de Ciencia, Tecnología e Innovación , bajo cualquier modalidad laboral y en el marco de la Ley 14/2011, de 12 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, podrán prorrogar la vigencia de los mismos , exclusivamente cuando reste un año o menos para la finalización de los correspondientes contratos de trabajo.

Ambas prórrogas se realizarán por una extensión equivalente al tiempo de duración del estado de alarma y, en su caso, sus prórrogas . Excepcionalmente, por motivos justificados, las partes podrán acordar, con carácter previo a la fecha de finalización del contrato, una prórroga de los mismos por hasta tres meses adicionales al tiempo de duración del estado de alarma y sus prórrogas.

Además, cuando los contratos hayan sido suspendidos para posibilitar que las personas contratadas se integren en el Sistema Nacional de Salud para atender las contingencias derivadas de la situación de emergencia sanitaria causada por el coronavirus Covid-19 , el tiempo de suspensión se adicionará al establecido previamente.

La duración de los contratos prorrogados en aplicación de esta disposición adicional podrá exceder los límites máximos previstos para los mismos en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre.

30.000 contratos

Desde Universidades han informado que en la actualidad hay alrededor de 30.000 contratos en las universidades de estas características, aunque muchos no finalizan ahora . En cualquier caso, la adscripción es voluntaria y la casuística muy variada (puede haber personas a las que no les convenga). Es una medida enfocada a no afectar más de lo necesario a las y los profesionales de la universidad, particularmente aquellas que tengan situaciones más precarias.

Estado de alarma por el coronavirus

El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus Covid-19 , establece un conjunto de acciones temporales extraordinarias orientadas a proteger la salud y seguridad de la ciudadanía, contener la progresión de la enfermedad y reforzar el sistema de salud pública.

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