El Gobierno fija cuatro niveles de alerta y deja a las autonomías que autoevalúen su riesgo
Las regiones con más incidencia cerrarán los negocios no esenciales a las 23 horas
![- El ministro de Sanidad Salvador Illa](https://s3.abcstatics.com/media/sociedad/2020/10/22/illa-plan-k0OG--1200x630@abc.jpg)
Cuatro meses después de iniciar la «nueva normalidad», España por fin cuenta con un plan de actuación frente a los contagios que se basa en unos parámetros concretos . El plan de «Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisión de Covid-19» que el Ministerio de Sanidad ha presentado este jueves a las comunidades autónomas y ha sido aprobado, fija cuatro niveles de alerta en base a ocho parámetros epidemiológicos principales y 20 complementarios. A cada uno de estos escenarios, les acompañan unas medidas recomendadas. Pero el Gobierno deja en manos de las autonomías la decisión de determinar en qué nivel de alerta se encuentra y qué medidas toma. Y en el escenario de riesgo más extremo, también recae en ellas la responsabilidad de solicitar la adopción de medidas excepcionales.
A partir de ahora, el riesgo se evaluará en función de indicadores como la incidencia del virus, la positividad, la capacidad asistencial o la trazabilidad de los contagios. Según una estimación elaborada a partir de las tablas que constan en el último borrador –anoche aún no se había hecho público el texto definitivo– y los últimos datos de Sanidad, habría seis regiones en nivel cuatro (extremo) de alerta: Aragón, Castilla y León, Cataluña, Madrid, Navarra y La Rioja, aunque ayer Fernando Simón aclaró que el documento está enfocado a su aplicación en unidades territoriales inferiores a la autonomía y que tan solo «una» región estaría hoy al límite.
Las medidas contempladas para cada nivel de alerta serán, sin embargo, decididas y matizadas por cada comunidad . Sanidad alega que esto era necesario para tener «flexibilidad» ante las particularidades de cada territorio. Una decisición que alcanza su máxima expresión con el nivel de alerta cuatro, que «supondrá la toma de medidas excepcionales que podrán incluir restricciones adicionales». En el caso de que estas medidas necesitasen de activar el mecanismo de los estados de alarma, excepción y sitio contemplados en la Ley Orgánica 4/1981 tendrá que ser «el presidente de la comunidad autónoma» quien solicite al Gobierno la declaración de estado de alarma.
En ese nivel cuatro no hay medidas concretas , sino que se dice que deben cumplirse las establecidas para el tercer nivel, además de plantear el estado de alarma. Esas medidas del nivel tres son las siguientes: recomendación de no salir de sus domicilios salvo para medidas necesarias, posibilidad del confinamiento perimetral, teletrabajo siempre que sea posible y limitación de las reuniones sociales a un máximo de seis personas. Además, Gobierno y comunidades también han acordado que en las zonas de más incidencia se limite hasta las 23 horas la apertura de todos los establecimientos no esenciales , como bares y tiendas. En cualquier caso, en todos los niveles se contempla el cierre del ocio nocturno y la prohibición de fumar en la vía pública y en terrazas.
Indicadores
El Gobierno ha introducido cambios sutiles desde su primer borrador en los umbrales de riesgo. En principio, siempre según el último borrador de trabajo, para estar en riesgo extremo será necesario registrar 250 casos por 100.000 habitantes a 14 días y 125 a 7 días. Además, Sanidad se vuelve más exigente con el número de diagnósticos positivos por PCR: si en la primera propuesta, se partía como «normalidad» un 4 por ciento de positivos y ahora comienza en un 3 por ciento. También exige una mayor trazabilidad, la capacidad para identificar el foco de contagio. Parte de un 80% de casos frente al 60% anterior. En cuanto a la hospitalización y ocupación de camas UCI, no hay grandes cambios.