La Fiscalía del Supremo apoya el indulto parcial a Juana Rivas

Propone rebajar la pena de 2 años y medio a dos años de prisión y amortiguar la inhabilitación para la patria potestad de seis a cuatro años

Juana Rivas en una imagen de archivo EFE

Isabel Vega y Nati Villanueva

La Fiscalía del Tribunal Supremo ha presentado un informe favorable a conceder un indulto parcial a Juana Rivas, condenada a dos años y medio de prisión y seis de inhabilitación para la patria potestad por la sustracción de sus dos hijos al padre. Apoya que se le perdonen dos años de la condena de cárcel y otros dos de la inhabilitación.

Según informan a ABC en fuentes fiscales, la propuesta se recoge en un informe fechado el pasado 26 de julio fruto de la información sobre el expediente de Rivas que ha ido recogiendo la Fiscalía del Supremo, que es la competente porque fue este tribunal quien en casación, fijó la condena y dictó sentencia firme.

Ya aquella sentencia suponía una mejora respecto de la condena inicial, pues el pasado mes de abril redujo de cinco a dos años y medio la prisión por considerar que había cometido un sólo delito de sustracción de menores, pues de una sola vez había privado al padre de los dos hijos. En inicio, había sido condenada por dos delitos, uno por cada menor.

Ahora, de cara a la deliberación en la que, a partir del 5 de octubre, el Pleno de la Sala de lo Penal decidirá cuál es la postura que finalmente eleva al Gobierno sobre Juana Rivas, la Fiscalía apoya un perdón parcial: pasar de dos años y medio de cárcel a dos años y de seis años sin la patria potestad de sus hijos a cuatro.

La defensa de Juana Rivas viene instando el perdón total, con especial hincapié en la condena a inhabilitación para ejercer la patria potestad. Cabe recordar que la mujer, que venía cumpliendo la pena en su domicilio con medidas de control telemático, recibió orden de reingresar en el Centro de Inserción Social Matilde Cantos de Granada el pasado mes de julio , después de que el juez de lo Penal 1 de Granada, Manuel Piñar, confirmase que debía entrar en prisión.

En opinión del juez, que impuso la primera sentencia, Rivas no es merecedora del indulto porque incumplió la ley «deliberadamente», una posición que compartía la Fiscalía de Granada que ejerció la acusación pública en el procedimiento. No obstante, su criterio no es vinculante, pues es la Fiscalía del Supremo, que fue quien en casación fijó finalmente la condena, la competente para fijar la posición del Ministerio Público sobre el indulto.

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