Educación intentó aprobar un decreto ilegal para convertir a todos los interinos en funcionarios
El Consejo de Estado le advirtió de que parte del redactado no se «ajusta a Derecho» y el ministerio ha tenido que rectificar
Este martes el Consejo de Ministros aprueba, previsiblemente, el real decreto de acceso a la función pública docente
Los docentes acusan a Alegría de «regalar las plazas a los interinos» por no exigirles una oposición
El Consejo de Estado , máximo órgano consultivo del Gobierno, ha sido tajante con el Ministerio de Educación. El real decreto de acceso a la función pública docente que se aprobará, previsiblemente, hoy en Consejo de Ministros pretendía algo que al CE no le ha gustado nada: básicamente porque no es legal, no se «estima ajustado a Derecho» , dice el órgano en su dictamen, al que ha accedido ABC.
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¿Cuál era la maniobra de Alegría sobre la que ha alertado el órgano? La ministra pretendía que un mecanismo que es excepcional se convirtiera en general . O, dicho de otra forma, convertir a todos los docentes interinos en funcionarios pero por la puerta de atrás. ¿Cómo? Con esta norma, el Ministerio de Educación modifica los procedimientos de ingreso a los cuerpos docentes para adaptarse a la ley que busca reducir la temporalidad del empleo público y dejarla por debajo del 8 por ciento (la tasa de temporalidad de funcionarios docentes se sitúa en el 23 por ciento, según Educación)
Los interinos, sin examen
La norma de Alegría es aplicable solo para los años 2022, 2023 y 2024 y establece un sistema de concurso-oposición. «La fase de oposición constará de una única prueba estructurada en dos partes que no tendrán carácter eliminatorio ; en la nota final y global de la prueba, que será de 0 a 10, deberá obtenerse al menos 5 puntos para acceder a la fase de concurso. En la fase de concurso, se valorarán la experiencia previa, la formación académica y otros méritos», señala el decreto al que ha accedido ABC. De hecho, la valoración de la experiencia docente pasa de cinco a siete puntos , algo que beneficia a los interinos pero perjudica a los docentes que no lo son y que por este motivo se quejaron en ABC asegurando que Alegría « regalaba plazas » a los interinos.
Ahora bien, estas circunstancias son solo aplicables a los procesos selectivos que marca la ley, pero Alegría metió una coletilla para que todos (y no solo los estipulados por la ley) se beneficien de esto . Así, el real decreto decía que las nuevas 'reglas del juego' para el acceso a la docencia se aplicarán «a los procesos selectivos de ingreso que se convoquen para la estabilización de plazas previstas en la ley de reducción de la temporalidad en el empleo público, así como para los procedimientos que se convoquen y resuelvan durante los años 2022, 2023 y 2024 para las plazas que no se encuentren encuadradas en la estabilización recogida en el artículo 2 de la ley 20/2021 »
La ‘trampa’ aparece cuando el ministerio intenta incluir también las plazas « no encuadradas en la estabilización » recogidas en la ley, tal como reza en la versión que llegó a manos del CE. Por eso, este criticó el intento de forma rotunda y le dijo a Educación que con la maniobra, « sin cobertura legal adecuada y suficiente , se pretende el sometimiento de estos segundos procedimientos selectivos de ingreso en la función pública docente, que se proyectarán sobre plazas ‘ajenas’ al proceso de estabilización, al mismo régimen excepcional que la Ley 20/2021 ha regulado bajo la rúbrica de ‘procesos de estabilización de empleo temporal’».
«No puede extenderse un sistema especial y específico»
El Consejo de Estado entiende que no se puede utilizar un sistema excepcional que contempla la norma de estabilización de interinos para supuestos no contemplados de forma expresa. «No puede extender un sistema especial y específico que supone una excepción admitida por la jurisprudencia constitucional», señala.
Lo que ha querido el Gobierno es aplicar el concurso-oposición a situaciones que nada tienen que ver con la estabilización y que parecen más bien buscar rebajar la exigencia en el acceso docente. La ley es clara respecto a que lo que se pretende es reducir la tasa de temporalidad en el empleo público situándola por debajo del 8 por ciento . Esto no tiene nada que ver con sustituir la oposición por el concurso-oposición . Este último es para plazas previamente encuadradas, y tiene un carácter excepcional. Extender el concurso-oposición cuando la ley no lo permite «no se estima ajustado a Derecho», dice el Consejo.