Así defiende Castells la eliminación del castellano en las aulas tras sembrar el caos con los rectores
El ministro de Universidades cita sentencias del TC para defender su tesis que en la práctica no se cumplen en Cataluña
El ministro de Universidades, Manuel Castell s, parece no tener suficiente con los frentes de su ministerio: se puso en contra de los rectores, defendió los exámenes presenciales y desató la guerra en los campus. Por si esto fuera poco, l os investigadores no reciben el dinero de las becas para poder viajar al extranjero , tal como denunció ABC.
Por si esto no fuera suficiente, también se pronuncia sobre la eliminación del castellano en las aulas. Concretamente, cuando se desató la polémica porque la recientemente aprobada ley educativa (más conocida como «ley Celaá») eliminaba la mención del castellano como lengua vehicular de la enseñanza y oficial del Estado, Castells salió en defensa de la nueva norma y añadió que la vehicularidad del castellano (incluida en la ley educativa anterior, la «ley Wert») «envenenó el clima de convivencia» en Cataluña. «Antes de 2013 no había una indicación legal en ningún sitio de que el castellano tuviera que ser lengua vehicula r y nunca hubo ningún problema en Cataluña». «Lo que se hace (con la Lomloe) es simplemente volver a la situación que existía y que fue alterada por iniciativas que en el fondo envenenaron el clima de convivencia y una situación en la que no había esos problemas».
El Grupo Parlamentario Popular en el Senado, a través de su portavoz de Universidades, Jesús Vázquez Abad , preguntó al ministro «bajo qué criterio académico y/o pedagógico» realizaba el ministro tal afirmación y si considera que el «conflicto lingüístico existente, por ejemplo, en Cataluña, nace a partir de la Lomce».
En su respuesta, el ministro volvió a insistir en que «la ausencia de una mención expresa al castellano como lengua vehicular -lo que implica sencillamente volver a la situación vigente en este sentido antes de 2013, cuando no había ninguna indicación legal al respecto, no tiene por qué suponer un obstáculo en la aplicación efectiva de la norma y el respeto de los derechos lingüísticos». Pero, además, citan sentencias del Tribunal Constitucional (1994 y 2010): «Resulta perfectamente legítimo que sea el catalán, en atención al objeto de normalización linguística en Cataluña, sea el centro de gravedad de este modelo de bilingüismo», aunque siempre con el límite que «ello no determine la exclusión del castellano como lengua docente de forma que quede garantizado su conocimiento y uso en el territorio de la comunidad autónoma».
El problema es que el ministro de Universidades cita sentencias del TC para defender su tesis que en la práctica no se cumplen . Desde 1994 de forma explícita el Tribunal Constitucional reconoce que la lengua catalana puede ser «el centro de gravedad» del modelo educativo en Cataluña, informa Daniel Tercero. Un «centro de gravedad» que, asimismo, debe ser compatible con el desarrollo académico del uso de la lengua española en las aulas . Esta mención por parte del Constitucional se repitió desde entonces, también en la sentencia de 2010 sobre el Estatuto de Autonomía, que el ministro Manuel Castells toma como referencia en su respuesta parlamentaria, así como la de 1994.
El Constitucional, como han hecho en diversas ocasiones el Tribunal Supremo y el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), al señalar que una lengua, en este caso el catalán, puede ser el «centro de gravedad» de la escuela apunta a que del cien por cien de las clases, e l catalán puede tener un peso mayor que el castellano . Sin embargo, esta convivencia lingüística, que debe aplicar la Generalitat, en tanto que competente en la materia, no se da en las escuelas catalanas.
Así, tras diversos recursos de padres que veían que no se llevaba a cabo la conjunción lingüística que los tribunales señalan en sus sentencias, los magistrados decidieron fijar un porcentaje mínimo para las lenguas oficiales. Fue entonces cuando apareció el 25 por ciento de clases en español, como mínimo. Volviendo a la sentencia de 1994, el «centro de gravedad» del catalán tiene el límite del 75 por ciento.
Unos parámetros que, por un lado, son variables dentro de los límites 25/75 e intercambiables lingüísticamente , y, por otro lado, recientemente, el TSJC ha ordenado que se aplique a todo el sistema escolar y no solo a las aulas y los centros cuyos padres lo reclamen. La Generalitat, que ha sido incapaz de demostrar judicialmente que aplica en sus escuelas un modelo bilingüe, ha recurrido la decisión del TSJC ante el Supremo.
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