Cuáles son las restricciones para el puente de San José
Desde el 17 de marzo se establece en las comunidades donde es festivo San José un cierre perimetral entre comunidades y limitaciones horarias
Hasta cuándo es el cierre perimetral del puente de San José
![Este año los desplazamientos en San José quedarán muy limitados](https://s2.abcstatics.com/media/sociedad/2021/03/17/conducir-carretera-kri--1240x698@abc-kQjD--1248x698@abc.jpg)
Este puente de San José es festivo en varias comunidades autónomas y eso, en circunstancias normales, venía acompañado de desplazamientos y viajes. Este año no será así debido a la crisis del coronavirus y a la situación epidemiológica de España que, aunque mejora datos en las últimas semanas, no es suficientemente buena para relajar las medidas restrictivas de cara a estas festividades.
El 4 de marzo tuvo lugar una reunión del Consejo Interterritorial en el que los presidentes regionales debatieron un plan con el Gobierno para los viajes en estos días festivos. Dicho acuerdo fue ratificado por Comisión de Salud Pública y se establecieron unas medidas que se aplicarían en las comunidades donde es festivo San José entre los días 17 y 21 de marzo . Estas medidas no solo aplicarían a este puente, sino que se trasladarían también a los días de Semana Santa .
Cierre perimetral
Una de las principales cuestiones en el acuerdo entre comunidades autónomas y Gobierno fue la de los cierres perimetrales . Dicho acuerdo fue aprobado con el voto favorable de todas las regiones salvo el de la Comunidad de Madrid, que argumentó que cuando se han hecho cierres perimetrales en su comunidad esto no ha redundado en una mejora de la situación epidemiológica, y la abstención de Cataluña. Aun así, estas medidas son de obligado cumplimiento aunque puedan ser recurridas ante la justicia.
En cualquier caso, en el puente de San José queda establecido un cierre perimetral en las comunidades autónomas , salvo el caso de Baleares y Canarias . Los residentes en regiones cerradas perimetralmente no podrán salir ni entrar de ellas salvo motivos justificados.
Las razones que acreditarían esto están recogidas en el Real Decreto que regula el estado de alarma y van desde la asistencia a centros sanitarios o realización de pruebas médicas, motivos laborales, asistencia a universidades o centros educativos, por volver a la residencia habitual, asistencia a personas mayores, motivos de fuerza mayor u otras causas debidamente acreditadas.
Toque de queda
En cuanto al toque de queda , este plan establece una limitación a la movilidad entre las 23 horas y las 6 horas en todas las comunidades. Hay que señalar que este es un horario de mínimos, queda a disposición de las comunidades autónomas el establecer franjas horarias de toque de queda más restrictivas si su situación epidemiológica y criterio lo requiere.
Estas limitaciones son las principales que se han acordado entre comunidades y Gobierno, lo que no quiere decir que sean las únicas, ya que siguen vigentes todas aquellas de carácter regional y las propias del estado de alarma.