La Comunidad de Madrid presentará este viernes un recurso ante la Audiencia Nacional

Retrasar la aplicación de las medidas le dejaría demostrar que las suyas funcionan

La presidenta regional, Isabel Díaz-Ayuso Efe/ Atlas

S. Medialdea | E. Calvo

La Comunidad de Madrid presentará a lo largo de este viernes un recurso ante el contencioso administrativo de la Audiencia Nacional, acompañado de petición de medidas cautelares, para intentar frenar la resolución del Gobierno central que le obliga a cerrar diez grandes municipios, entre ellos la capital. Es el intento del Gobierno de Díaz Ayuso por detener los efectos de ese cierre de Madrid que según ha señalado en otras ocasiones, «nos va a destrozar».

La Abogacía General de la Comunidad ha tenido una jornada frenética, intentando encontrar una solución al embrollo jurídico en que estaban metidos. Reconocían en la Real Casa de Correos que preparar un recurso de este tipo necesita mucho tiempo, y las 48 horas de plazo que les había dado el Gobierno Central para poner en marcha las medidas eran una trampa que apenas les dejaba capacidad de maniobra.

Mientras los tribunales se pronuncian sobre este recurso, el Ejecutivo madrileño asegura que cumplirá con las normas y aplicará las medidas, porque «no estamos en rebeldía», recuerdan. No obstante, no se descartaba buscar alguna fórmula que les permitiera ganar algo de tiempo, a la espera de la respuesta de los jueces.

Sin consenso

En la actualidad, según la resolución -que no es una orden ministerial, ni está firmada por el ministro- publicada este mismo jueves en el BOE, Madrid tenía 48 horas para trasponer las medidas a su propio ordenamiento , y publicarlas en su Boletín Oficial de la Comunidad (BOCM). Además de ese recurso ante la Audiencia Nacional, sobre la base de que la resolución de Sanidad « jurídicamente no es válida » porque no se adoptó por consenso -ya que al menos cinco comunidades autónomas votaron en contra de la misma-, se estudian otras fórmulas que podrían aplicarse.

Así, en caso de que tengan que publicar la resolución en el Bocam mañana, inmediatamente debería solicitarse la autorización al Tribunal Superior de Justicia de Madrid antes de la puesta en marcha de las limitaciones, dado que afectan a derechos fundamentales. Este es el mismo procedimiento que se ha seguido hasta ahora con las otras medidas que se vienen aplicando en Madrid desde el 21 de septiembre. En esos casos, sin embargo, comenzaron a ponerse en marcha el mismo lunes en que se publicaron las respectivas órdenes de Sanidad en el BOCM. En el Gobierno regional matizan que aunque se inició su aplicación, «estuvieron sin efectos legales» hasta que el TSJM dio su autorización, y por eso mismo no se pusieron multas. De este modo, las medidas de «cierre» de Madrid no se aplicarían, al menos, hasta el final de la próxima semana, lo que da un margen a la Comunidad de Madrid para comprobar si las medidas de la comunidad en la zona sur de madrid están dando frutos.

Medidas cautelares

Juristas consultados por ABC, creen que la mejor opción de la Comunidad de Madrid es recurrir ante la Audiencia Nacional . Sería a través de una petición de medidas cautelarísimas que la Comunidad debería hacer para que la Audiencia Nacional se pronuncie sobre si paraliza la puesta en marcha de las restricciones antes de que entre en vigor la orden del Ejecutivo, explica Fernando de la Fuente Honrubia, viceportavoz de Juezas y Jueces para la Democracia.

En este caso, explica Carlos Maroto, especialista en Derecho Procesal, la encargada sería la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional, que tiene entre una de sus competencias la de dilucidar recursos que se interpongan contra el Ministerio de Sanidad. «Para que se suspenda la orden habría que solicitar la suspensión cautelar de la medida, y esa solicitud habría que argumentarla jurídicamente», asegura, es decir, acreditar que la entrada en vigor de las restricciones provocaría unos perjuicios difíciles de reparar.

« Se trata de un procedimiento que ni siquiera exige escuchar a la otra parte . Se solicita por la Comunidad de Madrid y la Audiencia resuelve de manera rapidísima y cautelarísima», dice De la Fuente. Por tanto, y en caso de que Ayuso decida recurrir la orden ante la Audiencia Nacional, esta debería pronunciarse hoy resolviendo de manera cautelar, y ya en los días siguientes escucharía a la otra parte, es decir, al Gobierno, para ratificar su decisión.

En el caso de que la Audiencia Nacional estimara la petición de Madrid, la orden del Ejecutivo quedaría en suspenso y por tanto no se podrían aplicar sanciones por el incumplimiento de las restricciones. Si por el contrario la Audiencia estimara que no hay lugar al recurso, las restricciones implantadas por el Gobierno deberían entrar en vigor en la fecha prevista.

Otro debate que surge de este tema es el hecho de que se puedan limitar los derechos fundamentales de las personas sin que haya un estado de alarma. Federico Montalvo, profesor de Derecho Constitucional de Icade, explica que sin autorización judicial «no se pueden imponer estas medidas al considerar que limitan los derechos fundamentales de las personas».

De la Fuente, sin embargo, se remite a las resoluciones judic iales que se han dado en los últimos meses sobre temas similares, pues ha habido algunas que comprendían que este tipo de medidas no se pueden llevar a cabo sin un estado de alarma y otras que avalaban su puesta en marcha. «Si nos atenemos a los antecedentes, entendemos que no es necesario que haya estado de alarma porque no son restricciones totales».

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