Colombia aborda esta semana la despenalización del aborto
En el año 2020 se discutió la interrupción hasta la semana 16 de gestación, pero finalmente no siguió adelante. Piden que el servicio sea regulado por el sistema de salud y no por el Código Penal
El debate sobre la despenalización del aborto en Colombia vuelve a la mesa de la Corte Constitucional. En el año 2006, el máximo tribunal del país despenalizó esta práctica en tres supuestos –embarazo por violación sexual o incesto , por riesgo físico o mental de la mujer , o por malformación del feto –. En el resto de casos, según el artículo 122 del Código Penal colombiano, las mujeres (o quienes les practiquen el aborto) se exponen a hasta 54 meses de prisión .
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Desde esa sentencia, ni el debate en torno al cumplimiento real de ese fallo por parte del sistema nacional de salud ni la despenalización total han visto la luz. Es por ello que está previsto que la próxima semana, si la Corte Constitucional cumple con su agenda, el país pueda empezar la cuenta atrás para saber si el aborto se cae finalmente del Código Penal . La otra opción es que sea el Congreso quien regule la interrupción voluntaria del embarazo y sus plazos, con una legislación más parecida a la de muchos países europeos en los que el aborto puede realizarse durante las primeras catorce semanas de gestación sin la necesidad de aportar ninguna causa (aborto libre). Esta opción tiene muchos detractores –la mayoría son sectores católicos y provida–, ya que consideran que se trata de una violación del derecho a la vida establecido en la propia Constitución. Otros sectores de la sociedad consideran, en cambio, que esta nueva regulación del aborto cumpliría de forma cabal con el pleno derecho de las mujeres a disponer sobre su cuerpo, sexualidad y proyecto de vida. Desde 2006 hasta 2017, un total de 37 proyectos de ley llegaron al Congreso , pero ninguno logró superó el primer debate.
Un debate que perdura en el tiempo
En 2020 ya se debatió la despenalización hasta la semana 16 de gestación, pero finalmente no siguió adelante . Recientes documentos de la Procuraduría y del Ministerio de Justicia entregados a la Corte afirman que no hacen falta más debates, sino que el Estado haga efectiva la despenalización en los tres casos señalados por la Corte, línea que siguen todas las entidades del gobierno. Sin embargo, hay magistrados que consideran que se deben retomar, ya que en estos 15 años ha habido una evolución de los derechos sexuales y reproductivos, como se evidencia en el ámbito internacional y se refleja en tratados firmados por Colombia.
Catalina Martínez, portavoz del colectivo feminista Causa Justa, que interpuso una de las demandas, afirma que « el delito de aborto es discriminatorio contra las mujeres porque es un delito que mayoritariamente persigue a mujeres, pero sobre todo a las que viven en situación de vulnerabilidad, en zonas rurales, en situación de pobreza o son migrantes, creando una brecha social muy importante en donde estas mujeres no solo están siendo perseguidas por buscar un servicio de salud sino que, además, no están accediendo al servicio (solo entre el 1%, y 12% de abortos se realizan dentro del sistema de salud) inclusive cuando podrían entrar en una de las causas. Esto nos demuestra que las mujeres que tienen acceso son las de las grandes ciudades o con condiciones económicas privilegiadas. Por eso pedimos a la Corte que haga valer el derecho a la igualdad que tenemos todas las mujeres en el país y que todas las mujeres en el territorio nacional puedan recibir información y acceder al servicio de salud integral, sexual y de anticonceptivos». Piden que el servicio sea regulado por el sistema de salud y no por el Código Penal.
¿Objeciones a conciencia o por conveniencia?
De acoger la sentencia favorable, lo que seguiría es que se reglamente el servicio a partir de una petición de la Corte al Ministerio de Salud para que reglamente el libre acceso al aborto. Esto pasará por nuevas discusiones y por el manual de la Organización Mundial de Salud que ya da referentes. En otros casos similares, como en Nueva York y Australia, se han establecido entre 24 y 22 semanas como margen para el libre aborto.
Y en este supuesto, tal como como sucede hoy con las tres excepciones que permite la Corte, la objeción de conciencia por parte del profesional de la salud será otra de las barreras para que la mujer pueda obtener el servicio. En el país, por ejemplo, la objeción de conciencia y todo el trámite para definir si es valida o no, ha derivado en semanas de papeleo que van prolongando el embarazo no deseado a pesar de estar dentro de las tres causas de aborto permitidas, dejando sin opciones a las mujeres a pesar de que la Corte determinó que se debe buscar a otro médico para que efectúe el procedimiento. En muchos poblados pequeños, además, los médicos o el personal de salud facultado para realizar la interrupción voluntaria del embarazo prefieren evitarlo para no ser tachados por la comunidad, que es lo que les pasa a las mujeres que abortan y por eso prefieren la clandestinidad para evitar no solo la judicialización, sino la condena de vivir el infierno grande de todo pueblo pequeño.
Aumentan las denuncias
Paradójicamente, desde 2006 las denuncias sobre abortos han aumentado, acusaciones contra las mujeres que solicitan el procedimiento, en especial contra las niñas y adolescentes que lo requieren. El informe ‘La criminalización del aborto en Colombia’ de La Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres señala que, desde 1998, hay 5.737 procesos judiciales registrados en la Fiscalía, de los cuales 1.382 casos están activos. Gran parte de las mujeres procesadas por abortar son adolescentes (25%) y niñas, entre los 400 casos promedio denunciados anualmente. En total ha habido 374 condenas, 81 de ellas contra adolescentes y niñas.
En Colombia, como en otros países, las campañas en contra del aborto han recurrido a diferentes tácticas en redes sociales , entre ellas afirmar que una vez despenalizado, el aborto se extiende como pólvora y acaba con la sociedad, como si a todas las mujeres les interesara abortar. México y Uruguay son dos casos que reportan la disminución del número de abortos una vez despenalizados; en España y la mayoría de los países de la UE, tras su legalización y unos años iniciales de incremento, han disminuido el número de abortos entre mujeres de 18 a 44 años . Solo en el Reino Unido, tras la despenalización ha aumentado el número de abortos.
Pero las alternativas no son tan reales especialmente para mujeres en situación de vulnerabilidad y en zonas de gran pobreza y poca presencia del sistema de salud. Para Diana Rodríguez Uribe, ex defensora de Mujer y Género en el Defensor del Pueblo, «la penalización del aborto ha impedido que se regule el acceso adecuado a derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, no ha reducido el número de abortos ni ha evitado embarazos». Solo ha dejado a las mujeres cada vez más solas en este parto.