Baleares prorroga el toque de queda a la espera del visto bueno de la justicia

Aprueba de forma urgente mantener las restricciones después de que el TSJB no quisiera resolver la consulta previa del Ejecutivo

ABC

MAYTE AMORÓS

El Govern balear de la socialista Francina Armengol ha aprobado de urgencia este miércoles una prórroga de las restricciones hasta el 23 de mayo, entre las que se incluyen el toque de queda, la limitación de las reuniones privadas o los controles de acceso en los puertos y los aeropuertos de las Islas como paso previo a su validación judicial.

La decisión se produce después de que el Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJB) haya rechazado la consulta con carácter previo por parte del Ejecutivo, lo que ha obligado a celebrar un consejo de gobierno extraordinario para extender las restricciones y forzar a los jueces a pronunciarse.

El auto del TSJB afirma que la competencia de los tribunales es la «autorización o ratificación judicial de las medidas adoptadas con arreglo a la legislación sanitaria que las autoridades sanitarias de ámbito distinto al estatal consideren urgentes y necesarias para la salud pública e impliquen la limitación o restricción de derechos fundamentales». Dado que el Ejecutivo no las ha aprobado aún, "no se cumple el requisito objetivo previsto en la normal procesal”.

No obstante, varios magistrados se han mostrado a favor de analizar y resolver la consulta del Govern. «Para promover las soluciones más eficaces y prósperas para todos, empezando por la salud pública», indica el voto particular.

La Fiscalía ya emitió un dictamen este martes advirtiendo de que fuera del estado de alarma no se podía mantener el toque de queda ni tampoco las limitaciones de personas en el ámbito privado , ya que son derechos fundamentales. Sí avaló el control de los puertos y aeropuertos, así como el aforo.

El Consejo de Gobierno extraordinario que ha tenido lugar este mediodía ha aprobado mantener diversas medidas para contener la expansión del SARS-CoV-2, las cuales hasta ahora están enmarcadas en el Estado de Alarma decretado por el Gobierno que decaerá a partir de las 00 horas del próximo domingo. La Abogacía de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares ya ha presentado este Acuerdo ante la Sala Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, para la autorización o ratificación de las medidas que se contienen.

Se trata de medidas excepcionales para prevenir y contener la pandemia ocasionada por la Covid-19 durante el periodo comprendido entre el día 9 y el día 23 de mayo de 2021. En concreto, el Govern balear quiere limitar los desplazamientos y la circulación por vías públicas entre las 23.00 y las 06.00 horas . Sólo estarán permitidos aquellos que se lleven a cabo por causas esenciales que se detallan en el acuerdo.

Además, se mantendrían los controles para la entrada en las Islas Baleares. Las personas procedentes de otras comunidades autónomas que pretendan entrar en las Islas, por vía aérea o marítima, deberán someterse a un control sobre el motivo del desplazamiento y, en su caso, a un control sanitario.

Asimismo, siempre y cuando hayan superado las 72 horas fuera de la comunidad, deberán presentar una prueba por SARS-CoV-2 con resultado negativo o bien someterse a un test de antígenos a la llegada a las Islas Baleares, hacerlo una PCR en 48 horas o mantener una cuarentena de 10 días. Estas pruebas serán sufragadas por la comunidad en el caso de los residentes o de las personas que viajen con causa justificada, y por los propios pasajeros si no se desplazan por uno de los motivos recogidos en el presente acuerdo.

Durante el periodo de vigencia de este acuerdo, únicamente se podrán llevar a cabo reuniones y encuentros familiares y sociales de un máximo de seis personas en el interior o en el exterior, tanto en espacios públicos como privados. En el interior sólo se podrán llevar a cabo reuniones, como máximo, de dos núcleos de convivencia. No están incluidas en la limitación prevista en este apartado las actividades laborales, las institucionales, las de transporte y las de los centros docentes, ni las actividades deportivas o culturales

Por último, el Govern también limitará las celebraciones o la permanencia de personas en lugares de culto, donde no se podrá superar el 50% del aforo. En todo caso, se deberá asegurar la distancia de al menos un metro y medio entre personas de diferentes núcleos de convivencia.

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