La Audiencia reabre la causa contra los detectives que espiaron a la víctima de La Manada

El instructor había vuelto a dar carpetazo al asunto sin tomar declaración a la denunciante

Manifestación en Pamplona en apoyo de la víctima de La Manada ABC

Isabel Vega

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La Audiencia Provincial de Madrid ha ordenado por segunda vez al juez instructor Enrique de la Hoz que reabra la causa contra los detectives que tomaron imágenes de la víctima de La Manada estando con sus amigos en una urbanización privada porque entiende que no ha terminado de investigar. Le ordena que escuche en declaración a la denunciante y se pronuncie sobre la posibilidad de considerarla testigo protegido.

En un auto del que ha sido ponente la magistrada Pilar Casado, la Sección 15 de la Audiencia Provincial atiende así el recurso de la mujer frente a la decisión que adoptó el juez en abril de 2021 y decretaba el sobreseimiento provisional de las actuaciones al no apreciar que los detectives hubiesen incurrido en delitos de revelación de secretos y contra la intimidad. Era la segunda vez que cerraba el caso.

En concreto, hicieron fotografías de la víctima cuando se encontraba con unos amigos en una piscina privada, entre otras, de cara a presentarlas en el juicio que se iba a celebrar en Pamplona por la violación múltiple. El objetivo era desacreditar que ella sufriese estrés post traumático tras la agresión, pero el informe aportaron fue inadmitido como prueba, el trauma se dio por acreditado y por sentencia se impuso una indemnización.

En el juzgado de Madrid lo que se dirimía era si traspasaron los límites. Los detectives venían alegando que ni fueron vigilancias a lo largo de tres meses, como denunciaba la víctima, ni invadieron la esfera privada pues incluso las fotografías dentro de la urbanización que recopilaron se tomaron desde la vía pública . El instructor atendió a sus razones y cerró el caso.

Sin embargo, la Audiencia Provincial enmienda aquella decisión porque entiende que «en el presente supuesto no se han realizado todas las diligencias que permitan determinar si se está o no ante unos hechos constitutivos del delito de revelación de secretos y contra la intimidad que se viene denunciando».

En primer lugar, porque ya con la presentación de la querella se solicitó al juez que se le concediera la condición de testigo protegida, una petición sobre la que no hubo pronunciamiento y está así, sin resolver. Y en segundo lugar, porque ya cuando en 2020 el instructor dio el primer carpetazo al asunto la Audiencia Provincial le impuso que lo retomase y desde entonces, sólo se ha tomado declaración a las denunciadas «no practicándose ninguna otra diligencia» , tal y como expone el auto adelantado por El Periódico de España y al que tuvo acceso ABC.

Recabar el informe e investigar

Entre ellas, llama la atención sobre el hecho de que en el juzgado de instrucción están trabajando con «una fotocopia del informe» que realizaron las detectives, cuando «lo primero que deberá hacerse es incorporar el original del mismo». De esa copia «se intuye» que incluida «imágenes y chats» de la víctima que ella dice que eran privados y las investigadoras sostienen que procedían de redes sociales, sin que se haya esclarecido el fondo del asunto.

En este sentido, el tribunal indica que «no se ha tomado declaración a la querellante, por lo que no puede determinarse si los citados chats e imágenes se han obtenido de forma legal o no, tampoco sobre las concretas circunstancias que rodean a la zona de la comunidad relativa a la piscina, como si se han realizado desde el exterior o desde una zona privada de la comunidad».

«Es cierto que en cierta medida la profesión de detective privado aboca a indagar en la vida íntima de las personas», dice la resolución, «pero no lo es menos que por el hecho de ser detectives en el ejercicio de su profesión ello no les excluye per se, de la comisión del delito que se les acusa ». Entiende así que «debe averiguarse» cómo lo hicieron, por qué medios y de qué manera para poder determinar si los hechos denunciados pueden o no ser constitutivos de delito. No antes.

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