La Audiencia de Navarra ve indicios suficientes para juzgar al autor del «Tour de la Manada»

De no ser por el empeño de la víctima, la causa se habría archivado como pedían la defensa y la Fiscalía

Palacio de Justicia de Pamplona

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Pretendió disfrazarlo de broma, de «algo estúpido» para demostrar el sensacionalismo de los medios de comunicación. Sin embargo, la gracia le puede salir cara al autor de la página web en la que se ofertaba el «Tour de La Manada» , un recorrido por los lugares clave de la violación grupal cometida en Pamplona durante los Sanfermines de 2016. Para aumentar la guasa, el autor ofrecía incluso distintos souvenirs relacionados con los sucesos que no solo marcaron a las fiestas de la capital navarra, sino que provocaron todo un movimiento que dejó claro que «no es no» y «si no hay sí, es no».

Aquellos lamentables sucesos también marcaron, y para siempre, a la víctima, una joven madrileña que solo quería disfrutar de los Sanfermines. Por eso, se empeñó en que esa web del «Tour de La Manada» podía constituir un delito contra su integridad moral .

De no haber sido por su defensa férrea de la víctima, la causa contra el autor de la página web se podía haber archivado. Así lo pedían tanto el abogado de la defensa como la Fiscalía . La defensa del autor opinaba que el auto del juez instructor para abrir juicio oral carecía de motivación y que la intención de la página no era humillar a la víctima, sino denunciar el tratamiento del caso dado por los medios.

La Fiscalía sí veía motivación en el auto del juez instructor. Sin embargo, consideraba que los hechos denunciados «no constituyen un acto claramente vejatorio con entidad suficiente para ser considerado como constitutivo de un delito contra la integridad moral de la víctima, ya que no presentó una intensidad lesiva ».

«Humillante»

Pero el abogado de la acusación particular, que defiende los intereses de la víctima presentó un escrito que argumentaba que sí se había producido una humillación de la joven madrileña y pedía que no se archivara el caso.

Ayer los tres magistrados que integran la Sección Primera de la Audiencia de Navarra le dieron la razón y consideraron, de forma indiciaria, que el contenido de la página web, «ampliamente divulgada en internet», supone «un acto inequívocamente humillante y vejatorio , capaz de crear en la víctima sentimientos de angustia y de inferioridad, susceptibles de trato degradante, que es previsible dañe la integridad moral de quien fue la víctima de un grave hecho delictivo».

Esta decisión es ya firme, por lo que ahora resta que la Audiencia de Navarra designe un tribunal que juzgue el caso y éste pida a las partes que expongan sus peticiones de pena. Una vez presentados los escritos, se designará una fecha en la que tendrá lugar la vista oral que determine si efectivamente se produjo un delito contra la integridad moral de la víctima o la página web no alcanza tal grado y absuelve a su autor.

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