El artículo que pone en duda si hubo consenso en la reunión de las autonomías con Sanidad

Madrid argumenta que con 6 votos en contra y 13 a favor no se puede considerar acuerdo colegiado, según el reglamento del Consejo Interterritorial de Salud

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Ruiz Escudero anuncia que el documento no es jurídicamente viable

S. S.

El diccionario de la Real Academia Española (RAE) define el consenso como «acuerdo producido por consentimiento entre todos los miembros de un grupo o entre varios grupos». Con esta definición, no se podría afirmar que ayer el Consejo Interterritorial de Salud decidiera «por consenso» las medidas restrictivas que el Ministerio de Sanidad quiere imponer a los municipios de más de 100.000 habitantes.

Ceuta, Andalucía, Galicia, Madrid, Murcia y Cataluña se desmarcaron de la orden ministerial aprobada en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. El ministro de Sanidad, Salvador Illa, consideró ese quorum (13 a favor y 6 en contra) un acuerdo aprobado por «decisión colegiada». Hasta incluyó el voto de Murcia como «abstención», cuando en realidad fue un voto en contra, tal y como aseguró tras la comparecencia del ministro. Según un comunicado del Ejecutivo murciano, no se abstuvo, sino que votó en contra del borrador propuesto por el titular de Sanidad , al no considerar ajustados a criterios técnicos los requisitos para frenar la transmisión del Covid-19 en las regiones y áreas más perjudicadas en esta segunda ola.

Según el artículo 14 del Reglamento de Funcionamiento del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, «los acuerdos del Consejo en relación a las materias que expresamente se determinan en la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud se plasmarán a través de recomendaciones, que se aprobarán, en su caso, por consenso». Y si se interpreta, según la definición de la RAE, consenso no hubo.

¿Recomendaciones o órdenes?

La lectura de Madrid es que todos los acuerdos que salen de los órganos interterritoriales no son órdenes ni directrices, son recomendaciones y se tienen que aprobar por consenso. Por eso, el consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid, Enrique Ruiz Escudero, intervino al filo de las 21.00 horas en la Puerta del Sol para subrayar, categórico, que «el documento no es válido jurídicamente» . Y ahí se abrió el enésimo motivo de polémica entre las dos administraciones.

Concluido el cónclave telemático con los consejeros del ramo, el ministro Illa, en su comparencia, señaló que «esperaba que la orden ministerial, que se publicará en el Boletín Oficial del Estado (BOE) en los próximos días», fuese «acatada por todas las autonomías», porque las órdenes ministeriales son «vinculantes». Pero muy pronto le salieron posturas díscolas a su aseveración.

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