El Senado aprueba el nuevo baremo de daños y perjucios en accidentes de tráfico

Las indemnizaciones por fallecimiento podrán incrementar en un 50% de media a partir del próximo año

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El Senado ha aprobado este lunes el proyecto de ley para reformar el sistema de valoración de daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de tráfico. Las indemnizaciones por fallecimiento podrán aumentar hasta en un 50%, las de lesiones en un 35% y las indemnizaciones por daños por lesiones aumentarán casi un 13%.

La nueva norma entrará en vigor el día 1 de enero del próximo año, y actualizará una legislación que ha cumplido 20 años y que fue aprobada en 1995. El nuevo sistema ha contado con el acuerdo de las asociaciones de víctimas en accidentes de tráfico y las aseguradoras.

Entre las novedades, la ley «permite incrementar la protección a las víctimas de accidentes de circulación mediante la rápida resolución de los conflictos y la garantía de una indemnización suficiente», lo que, según el comunicado difundido por el Ministerio de Justicia, «sitúa a España a la altura de las reformas que en el ámbito comunitario se han emprendido en relación con el seguro del automóvil». Entre las mejoras Justicia también ha destacado que el mejoran las compensaciones por los accidentes de tráfico y que se establece un sistema de indemnizaciones « activo, actualizado y adaptado a la realidad ».

La Comisión de Economía y Competitividad del Senado ha dado así luz verde al proyecto que además ha contado con sugerencias de varios colectivos como CERMI, la Federación Española de Daño Cerebral, la Asociación de Lesionados Medulares y Grandes Discapacitados Físicos, o la Asociación para el Estudio de la Lesión Medular Espinal. Tambien han participado la Asociación de Prevención de Accidentes de Tráfico y la organización Stop Accidentes, además de la Fiscalía de Sala Coordinadora de Seguridad Vial y numerosos facultativos sanitarios expertos en patologías provocadas por accidentes de tráfico.

Otro de los cambios es que el nuevo sistema afecta a la sanidad pública puesto que las aseguradoras indemnizarán a los servicios de salud autonómicos por los gastos derivados de nuevos perjuicios que a partir de ahora estarán cubiertos. Por ejemplo: los importes médicos futuros, ciertos gastos de rehabilitación o necesidades de recambio de prótesis de lesionados graves.

Mayores indemnizaciones

El cambio en la valoración de los daños hará que las indemnizaciones por muerte se incrementen un 50% de media respecto a la media del periodo 2005 a 2011 . Las indemnizaciones por secuelas se incrementarán un 35% con respecto al mismo periodo y las indemnizaciones por lesiones aumentarán un 12,8%.

Además, el criterio de actualización del sistema indemnizatorio se establecerá en relación al índice de revalorización de las pensiones previsto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado . por ser el que más se aproxima a sus principios y características.

Así, en los casos de fallecimiento, la nueva normativa busca mejorar las indemnizaciones mediante su individualización, para lo que tendrá en cuenta las nuevas estructuras familiares. También tendrá en cuenta la diferencia entre el perjuicio patrimonial básico, los gastos derivados del fallecimiento , que se compensarán con una cantidad mínima de 400 euros y los gastos específicos, que incluyen el traslado del fallecido, repatriación, entierro y funeral.

En los supuestos de secuelas o lesiones permanentes, la nueva ley refuerza la reparación del gran lesionado que quede con discapacidades que impidan su autonomía personal. En relación a las lesiones temporales, la normativa tendrá en cuenta muchos más supuestos tales como gastos de asistencia sanitaria y todos aquellos que genere la lesión en la vida diaria, como por ejemplo, los gastos de movilidad, desplazamientos de familiares para atenderle, gastos para atender a familiares menores o especialmente vulnerables de los que se ocupaba el lesionado, etc.

Además se tendrá en cuenta los ingresos netos de la víctima y también se valorará el trabajo no remunerado como las tareas del hogar o la pérdida de capacidad de trabajo futura de menores y estudiantes.

El Proyecto incluye una clasificación de los perjudicados en accidentes de tráfico en cinco categorías: cónyuge, ascendientes, descendientes, hermanos y allegados . Según Justucia, «considera que éstos sufren siempre un perjuicio resarcible y de la misma cuantía con independencia de que concurran o no con otras categorías de perjudicados».

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