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El TS estudia la anulación de las indemnizaciones por la talidomida

Las víctimas de este medicamento llevan al Supremo la sentencia que les negó 20.000 euros por las secuelas sufridas

El TS estudia la anulación de las indemnizaciones por la talidomida ernesto agudo

s.e.

La Sala Civil del Tribunal Supremo (TS) se reúne este martes para deliberar sobre el recurso que presentó la Asociación de Víctimas de la Talidomida en España (Avite) contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid que anuló las indemnizaciones a los afectados por considerar prescrita la acción.

La Sala se reunirá a puerta cerrada y es probable que el fallo no se conozca hasta dentro de unos días, según ha señalado a Efe el presidente de Avite, José Riquelme, quien se encuentra en Roma, ya que mañana será recibido junto a otros miembros de la asociación por el Papa Francisco.

La Audiencia de Madrid hizo pública el 22 de octubre del pasado año una sentencia en la que anulaba el pago de indemnizaciones a afectados por la talidomida que reclamaron 204 millones de euros por las malformaciones que les causó este medicamento , indicado para las náuseas de las embarazadas. El tribunal revocaba así la condena que la juez de Primera Instancia número 90 de Madrid, Gemma Susana Fernández Díaz, impuso a Grünenthal Pharma al estimar parcialmente la demanda presentada por Avite.

La farmacéutica alemana fue condenada a pagar 20.000 euros a cada uno de los afectados por cada punto porcentual de minusvalía que les hubiera reconocido la Administración, pero recurrió la sentencia y la Audiencia absolvió a la compañía. Prácticamente un mes después de que se hiciera pública la decisión de la audiencia madrileña, Avite presentó un recurso ante el TS por considerar que la sentencia es «patentemente contraria a derecho» y subrayó que seguiría «trabajando hasta el final, para que todas las víctimas españolas de este fármaco de nuestro país sean indemnizadas».

Solo una posibilidad

En su sentencia, la Audiencia de Madrid hacía referencia a los llamados «daños tardíos» explicando que debería realizarse una investigación científica «sistemática» de los daños causados en la etapa prenatal «pero descubiertos más tarde» que se concentre «en la colocación errónea de los vasos, nervios y músculos». En este sentido hacía referencia al informe del Instituto de Gerontología de la Universidad de Heidelberg, donde «no supone una constatación de los denominados daños tardíos y que los mismos tengan su causa en la talidomida, sino que, a lo largo del mismo, en diversas ocasiones, se establece como una posibilidad, por lo que su determinación se deberá de realizar a través de la correspondiente investigación científica».

Para la Audiencia de Madrid, la conclusión de la sentencia apelada de entender que no han prescrito las acciones ejercitadas en la demanda por la existencia de esta posibilidad, y por lo tanto dejar abierto el plazo de prescripción «sine die» «es contraria a la doctrina jurisprudencial».

El TS estudia la anulación de las indemnizaciones por la talidomida

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