EL FALLO ES INAPELABLE
El TSJA obliga al Ayuntamiento de Sevilla a devolver una caseta retirada por no pagar en plazo
El tribunal entiende que la propia Corporación indujo al error
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) acaba de dictar una sentencia que, por primera vez, permitirá que los titulares de una caseta de la Feria de Abril perdida por retraso en el pago de las tasas puedan recuperarla. El fallo señala que el propio Ayuntamiento indujo al error a los titulares.
El caso, defendido por el departamento de derecho público de Cuatrecasas Sevilla , por los letrados Daniel Fernández Navarro y Macarena Olivencia, se remonta a 2013, cuando empezó a aplicarse la nueva ordenanza de la Feria de Abril que cambió los plazos de presentación de solicitudes para la adjudicación de las casetas y los del abono de las tasas.
Javier Hortal, titular de la caseta sita en la calle Joselito el Gallo, 132 , solicitó dentro de plazo la licencia y en la documentación que se le entregó no se le indicó cambio en la fecha de abono de las tasas, por lo que entendió que el plazo seguía siendo el de todos los años: entre el 1 y el 15 de febrero. Cuando en febrero se dirigió a las dependencias municipales para hacer frente a ese pago, no le fue admitido porque había pasado la fecha: la Comisión Municipal de Casetas del 14 de febrero de 2013 acordó otorgar la caseta a otra entidad.
El caso llegó a los tribunales, donde un juzgado de primera instancia falló en su contra al entender que el nuevo plazo se había publicado en el Boletín Oficial de la Provincia. Esta sentencia fue recurrida ante el TSJA que ahora revoca ese fallo.
La sentencia del TSJA establece que fue el Ayuntamiento quien indujo al error del titular de la caseta . La sala explica que el recurrente acreditó, con un acta notarial, que el mismo 13 de febrero el tablón de anuncios del Ayuntamiento publicaba el cambio de fechas de la presentación de solicitudes pero no la del plazo de pago de las tasas y que las ordenanzas fiscales aplicables señalaban que el plazo de abono era del 1 al 15 de febrero. «La administración con su proceder (...) propició que el recurrente considerase que permanecía inalterable el plazo secular durante muchos años establecido para el abono de las tasas y ello conllevó a su abono extemporáneo».
Por todo ello, el TSJA admite el recurso del titular de la caseta y anula la resolución por la que el Ayuntamiento se la otorgó a otro. Desde el bufete Cuatrecasas señalan que la sentencia es inapelable y obliga al Ayuntamiento a restituirle la caseta en la misma ubicación que tenía, Joselito el Gallo, 132. Aunque es difícil que, a estas alturas del año, el titular pueda recuperar la caseta perdida en 2013, sus representantes legales aseguran que contactarán con Fiestas Mayores para que puedan recuperarla cuantas antes, porque, «como señala el tribunal, fueron indebidamente desposeídos de ella».
Sin embargo, la sentencia del TSJA no parece que vaya a servir para otros casos. Desde el bufete Cuatrecasas Sevilla señalan que este caso se basa en un hecho que es difícil que se repita , el Ayuntamiento informó en un tablón de anuncios del cambio de fecha de solicitudes y no del pago de tasas, y además mantuvo plazos distintos en las ordenanzas fiscales y la de la Feria, mientras que la mayoría de otros recursos van contra la ordenanza y el hecho de que en otros actos administrativos pasarse el plazo de pago sólo se penaliza con un recargo, argumento que los jueces suelen rechazar en base a la tradición .