Patrimonio de Sevilla

Los tribunales también protegen al viejo cine Lloréns y obligan a mantener un uso público cultural

Al igual que ha ocurrido con el Trajano, una sentencia impide a los propietarios recalificar el imbueble de la calle Sierpes para hacerlo residencial

Cubierta del viejo cine Lloréns, actualmente salón de juegos J. M. Angulo

Eduardo Barba

La Justicia ha dictaminado también sobre la protección urbanística del último de los viejos cines históricos que quedaban en el Casco Histórico de Sevilla, el cine Lloréns , en la calle Sierpes. Y lo ha hecho en el mismo sentido en que recientemente lo hizo sobre el cine Trajano a raíz de un recurso que los antiguos propietarios de esa sala (Flamenco Hotel S.A.), que son los mismos que en el caso del Lloréns. En ambos casos los propietarios solicitaban anular una modificación urbanística efectuada por el Ayuntamiento y que mantenía la catalogación en los dos inmuebles de «suelo de interés público y social» (SIPS) para que se le concediese el uso «residencial Centro Histórico», como ha ocurrido con el Avenida, el Cervantes y el Alameda. En este último caso ya se ha anunciado la construcción de un hotel, lo mismo que pretendían los dueños del Trajano para ese señero edificio de Aníbal González. Pero los tribunales han respaldado la posición municipal de conceder más protección a esos espacios.

Los propietarios pedían la recalificación como residencial aludiendo a lo ocurrido en los cines Avenida, Cervantes y Alameda y alegando que se trata de «las mismas circunstancias» que las del Trajano y el Lloréns, pero la Justicia aprecia una diferencia palmaria: mientras que en los tres primeros la calificación en el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) era de SIPS «de carácter privado» , en el caso de los dos edificios que eran propiedad de Flamenco a esa calificación se le une «de carácter público» , de ahí que las sentencias hayan respaldado que se mantenga ese uso público en los dos viejos cines. En el caso del cine Lloréns, la sentencia firme es del 2 de febrero de 2019, hace ya casi un año, dictada por parte del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) después de un recurso por parte de los propietarios contra el acuerdo del pleno del Ayuntamiento que excluyó esa finca del cambio de calificación aprobado para otros antiguos cines del centro, que les devolvió la condición de «residencial en Centro Histórico».

Las propiedades de los cines Alameda, Cervantes y Avenida obtuvieron en 2013 sentencias judiciales por las que se ordenaba devolver a estas fincas la calificación de «residencial» que les otorgaba el PGOU de 1987 , anterior al de 2006 actualmente vigente que las calificó como SIPS. En acatamiento de dicha sentencia, la Gerencia de Urbanismo llevó a cabo una modificación puntual del PGOU de 2006 para aprobar dicho cambio de calificación, que fue aprobado definitivamente en septiembre de 2014. Dicho acuerdo de aprobación definitiva no incluyó, no obstante, ni al antiguo cine Trajano ni al Lloréns, circunstancia que Flamenco Hotel entendió como un tratamiento discriminatorio al sostener que se trataba de un supuesto idéntico al de los otros casos, y propició el procedimiento judicial sobre el que se ha dictado la resolución definitiva obligando a dar más protección al edificio, del mismo modo y en los mismos términos que con el Trajano.

La Justicia reconoce que la finca del antiguo cine no tiene la misma calificación urbanística ni se encuentra en la misma situación jurídica que aquéllas con las que el demandante las compara y abunda en que, en concreto, las fincas de los cines Avenida, Cervantes y Alameda fueron calificadas por el PGOU de 2006 como SIPS de carácter privado, en tanto que en el caso de la recurrente la calificación es de SIPS de carácter público, por lo que un cambio de calificación en la misma obliga a unas medidas compensatorias, que no eran factibles para el Ayuntamiento en ese momento. Ese edificio del Lloréns en la calle Sierpes alberga desde hace varios lustros un salón de juegos. La normativa urbanística le obliga a mantener un uso público preponderante, con la opción de un 20% de uso coadyuvante.

De Espiau y Muñoz

El inmueble del antiguo Cine Lloréns, construido a partir del antiguo Teatro Lloréns y obra de José Espiau y Muñoz de 1913 , es todavía un exponente singular de las arquitecturas escénicas locales y constituye el escenario de la primera proyección fílmica sonora realizada en la ciudad, el 10 de enero de 1930. Su estilo arquitectónico regionalista «con aire islámico» queda situado en un punto evolutivo intermedio entre las habituales soluciones de las salas de variedades y las salas de teatro a la italiana, o las salas de cine de los años 40 y 50. En su última reforma en profundidad, la sala se adaptó plenamente para el cinematógrafo, con cubierta opaca y cabina de proyección, si bien conservó su planta rectangular, con galerías perimetrales. Cerró como sala de cine en 1982, pero su interior conserva entero el teatro con su escenario, su embocadura, el patio (ya sin butacas) y el artesonado neomudéjar. Funciona aún como salón de juegos y recreativos.

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