Sevilla

Diez años de cárcel por intentar matar a su mujer en la Macarena al inicio del confinamiento por el coronavirus

La Audiencia de Sevilla aprecia la atenuante de trastorno mental transitorio, provocado por la ruptura del matrimonio y por el encierro en casa, entre otros motivos

Este caso de violencia de género se produjo en un piso de la calle Torreblanca, en el barrio de la Macarena ABC

Jesús Díaz

Ya hay sentencia sobre uno de los primeros casos de violencia de género que se registraron en Sevilla una vez que se decretó el estado de alarma el 14 de marzo de 2020 por el coronavirus . Fueron muchas las administraciones y entidades que alertaban de que el confinamiento ponía en una situación de riesgo a muchas mujeres al tener que convivir obligatoriamente con sus presuntos maltratadores. En esta situación se encontró la víctima de este caso, que finalmente logró sobrevivir a pesar de las graves lesiones que sufrió como consecuencia de las cuchilladas que recibió y el intento de estrangulamiento a manos de su marido.

Como ella misma relató en el juicio, el día 8 de marzo , Día Internacional de la Mujer, cuando ya se vislumbraba la pandemia del Covid-19 , le comunicó a su marido, Carlos Eduardo S.V., que quería separarse, lo que le causó sorpresa tras casi seis años de relación y los últimos ocho meses casados. Tras el confinamiento del día 14, los dos, en proceso de separación, seguían viviendo juntos. Ella le había dado varias semanas para salir del piso. «Estábamos atrapados» , admitió el acusado. En la noche del 19 al 20 de ese mes, el hombre le atacó sorpresivamente para acabar con su vida pero no lo logró su propósito.

Carlos Eduardo S.V. y la que fuera su mujer habían mantenido una relación de pareja durante más de seis años. A pesar de que días antes de la llegada del estado de alarma , ella le había comunicado al acusado su decisión de divorciarse, el día 19 de marzo ambos seguían compartiendo la misma vivienda de la calle Torreblanca , ubicada en el barrio de la Macarena . Allí se mudó él en meses anteriores para, entre otras cosas, ahorrar costes, ya que había dejado de percibir ingresos al quedar en paro .

Tres semanas para dejar el piso

Aunque le había anunciado que quería separarse, le dio tres semanas para que se fuera del piso , pero llegó el estado de alarma. Adoptaron medidas para garantizar cierta intimidad en la convivencia, como era el que cuando ella llamaba a sus amistades él debía ponerse unos auriculares para no escuchar las conversaciones. Él intuía que ella tenía nueva pareja.

En este contexto, sobre las 21.30 horas del día 19 ambos subieron a la azotea de la casa para tomarse ella un vaso de vino y una cerveza él. Tras mantener una conversación sobre los planes de futuro que tenía cada uno, ambos bajaron a la vivienda y ella se fue a la habitación, donde inició una conversación telefónica, en los términos de intimidad que habían acordado. Mientras Carlos quedó sentado en el sofá de la casa.

Al concluir estas llamadas, sobre las 2.00 horas de la madrugada del día 20, ella salió de la habitación y se dirigió hacia la cocina, «siendo seguida muy de cerca por Carlos, que se había hecho ya con uno de los cuchillos que se guardaban en los cajones de esa cocina », según señala la Audiencia de Sevilla en la sentencia, facilitada a este periódico por el gabinete de prensa del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. Al entrar en la cocina, la mujer « sintió la presencia de Carlos en su espalda , momento en el que éste le asestó una primera puñalada en el cuello, que afectó a la zona cervical derecha».

«¿Qué haces?»

Tras esto, ella se giró hacia atrás y se encaró con él: «¿Qué haces?» . Comenzó a dar voces. En ese instante, él la tiró al suelo y comenzó a estrangularla . «Para evitar ser asfixiada, ella le mordió en el dedo pulgar , obligándole a soltarla, si bien él cogió nuevamente el cuchillo y la hirió por segunda vez en el cuello, salvando su vida al apretarle los genitales y forzarle a abandonarla, dándole ocasión a huir de la casa». Ella sufrió dos heridas por arma blanca en zona cervical. Una le causó un sangrado masivo, así como la perforación de la arteria carótida . Tardó 156 días en curar.

El tribunal, en su fallo, indica que en el momento de cometer los hechos, Carlos presentaba un desarrollo anómalo de la personalidad de inestabilidad emocional , junto con trastorno distímico que cursaba con depresión moderada, y se encontraba afectado por el estado emocional que le causaba su situación profesional, la ruptura del matrimonio, así como el encierro por el coronavirus y la necesidad de tener que buscar un nuevo alojamiento cuando abandonase la vivienda y «obró movido por ese estado emocional y como reacción a la decisión de ella de poner fin a la relación matrimonial».

El «apagón»

Los tres magistrados de la Sección Cuarta de la Audiencia dedican gran parte de su sentencia para analizar el estado mental del acusado. La defensa, que pedía su libre absolución , ha alegado durante la vista oral un trastorno mental transitorio, que privaba a Carlos de sus capacidades de entender y querer. Para ello apuntó a la ingesta previa al ataque de clonazepam . Hasta 30 pastillas dijo el acusado. A eso se unía el consumo de cervezas. Su objetivo, según declaró en el juicio, era quedarse dormido y poner fin a su vida. Estos ansiolíticos, en palabras de Carlos Eduardo, le provocaron un «apagón» o «laguna» de conciencia que recuperó cuando ya llevaba tres días en prisión, por lo que ha dicho que no se acuerda de nada de lo que pasó, sólo tiene «flashes, sueños difusos».

La documentación médica, obrante en la causa, desmonta esa petición de la defensa. No hay rastro de esa ingesta de pastillas , es más ante los médicos que le atendieron lo negó. « Parece poco probable que quien ha intentado suicidarse tomando pastillas lo olvide o niegue; y es inverosímil que a profesionales médicos se les pueda escapar», dice el tribunal. Además, los forenses especifican que de haber existido esa toma de medicamentos deberían apreciarse signos de somnolencia o aturdimiento, que habrían hecho imposible que se diesen los hechos tal como sucedieron. Tampoco hay pruebas de esa ingesta de alcohol abundante.

«Tampoco es creíble» que el acusado actúase en ese estado de trastorno y de privación de la conciencia cuando usó un cuchillo que cogió de la cocina antes de que ella saliese de la habitación y l a abordó de modo «traicionero» , indicio de lo que verdaderamente tenía decidido. «Si hubiera querido quitarse la vida, se habría herido con el cuchillo antes de atacarla» .

En ese presunto estado de desconexión con la realidad, el acusado designó un abogado particular y se acogió a su derecho constitucional a no declarar ante el juez de instrucción. Según los médicos que le atendieron de sus heridas en los brazos, explicó lo que había hecho y por qué: «he intentado suicidiarme porque he intentado agredir a mi mujer por haberse ido con otra persona» .

Sí considera acreditado el tribunal que el acusado esos días estaba padeciedo una situación personal muy difícil : ruptura de matrimonio, desempleo, confinamiento, etc. Ante todo esto, la Audiencia lo condena como autor de un delito intentado de asesinato con la atenuante analógica de trastorno mental transitorio y las agravantes de parentesco y de género. Le impone diez años de cárcel, quince años de alejamiento e incomunicación con la víctima, a la que deberá indemanizar con 34.140 euros .

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