Sevilla

Declaran culpable de matar al bebé de 18 meses en un piso de Los Prunos a la expareja de la madre

El jurado popular considera a la mujer y al varón culpables de maltratar e insultar habitualmente a los dos niños de ella

Los dos acusados sentados en el banquillo en el juicio en la Audiencia Juan José Úbeda

JesúsDíaz

El jurado popular ha considerado a Ezequiel T.R., expareja de Isabel R.M., culpable de matar , tras zarandearlo y chocar su cabeza hasta tres veces, al bebé de 18 meses de la mujer, con quien convivía en un piso de la barriada de Los Prunos de Sevilla el 23 de abril de 2016, cuando ocurrieron los hechos. Y ambos son culpables también de maltratar habitualmente a los dos hijos de ella, el bebé fallecido y otro de tres años.

Así lo ha visto el jurado en su veredicto de culpabilidad hecho público este miércoles, tras la celebración del juicio en la Audiencia Provincial de Sevilla durante más de una semana.

Ezequiel e Isabel comenzaron una relación sentimental en enero de 2016 y se fueron a vivir junto al piso de él, ubicado en la barriada de Los Prunos de la capital. El varón tenía dos hijos de una relación anterior. Ella dos niños de dos padres distintos. Los pequeños de ella convivían con la pareja.

El jurado ha considerado probado por unanimidad que los dos adultos maltrataban «habitual y frecuentemente» a los dos niños . Al niño de tres años le «pegaban, duchaban con agua fría, dejaban sin comer o encerraban en un cuarto a oscuras». Al bebé, le « agredían e insultaban, le daban golpes y pellizcos ».

Sabía que era «probable» su muerte

Éstos sólo son algunos episodios de los que se han visto en la vista oral y que han considerado probados el jurado. En otra ocasión, Ezequiel, tras pegar y encerrar en un cuarto, al mayor, le tapó la cara con una almohada y no cesó hasta que no intervino su hijo de trece años. La madre, de su lado, pegó y duchó vestido y con agua fría a su hijo mayor .

El día 23 de abril de 2016 , según el jurado, Ezequiel, sobre las siete de la tarde, fue a acostar al bebé a su cuna, toda vez que éste no había dormido siesta y se encontraba llorando. « Lo zarandeó, chocó la cabeza tres veces con una superficie plana y lisa. También golpeó en la parte de atrás del cuello y en las pierna». Murió «progresivamente» como consecuencia del traumatismo craneoencefálico que sufrió y que le provocó hemorragias internas y la entrada en coma.

Ezequiel «sabía que era probable -con esta agresión- acabar con la vida del bebé», lo que conlleva un dolo eventual. El bebé, por su edad, evidentemente no se pudo defender .

En este sentido, el jurado, por mayoría de seis votos a tres, ha apuntado que la madre, mientras se produjo esta mortal agresión, estaba hablando por teléfono con una amiga y preparando la merienda a su hijo mayor, «sin poder oír» lo que sucedía en el dormitorio. Ezequiel le dijo a ella que el niño «se había quedado tranquilo». Ella, en varias ocasiones durante la tarde y por la noche, visitó al bebé al cuarto y estaba «dormidito». Cuando fue a cambiarle el pañal, se percató de que «no reaccionaba». « No pudo prever su muerte », ha considerado el jurado.

Por estos hechos, el jurado ha señalado como culpable de matar al bebé a Ezequiel, culpable también de maltratar a ambos niños de forma habitual. Por su parte, Isabel es culpable de maltratar a sus hijos y «no culpable por seis votos a tres de haberse desentendido de lo que le hiciera Ezequiel al bebé cuando lo acostó».

De otro lado, el jurado se ha mostrado desfavorable a la suspensión de la pena que se le impusiera a ambos acusados, así como que se solicite al Gobierno central el indulto para los dos.

El abogado del padre del bebé muerto pide la prisión permanente revisable para el acusado

Los nueve miembros del jurado se han apoyado para considerar probado parte de los hechos que han sido juzgados en la declaración del hijo mayor de Ezequiel, que tenía 13 años en el momento de los hechos, y que ha sido reproducida en la vista oral como prueba preconstituida. En la misma el niño contó cómo su padre e Isabel ejercía maltrato sobre los dos hijos de ella.

También ha sido una prueba importante la grabación oculta que realizó la Policía Nacional , con autorización judicial, de la conversación que se produjo entre ambos acusados cuando fueron detenidos y trasladados a los juzgados desde las dependencias policiales. En la misma, se escuchaba a ella decir: «Me vais a meter con él -en el furgón-, que ha matado a mi niño». Dirigiéndose a Ezequiel, expresó: « Si te has pasado, dilo ». Él reconoció que le había dicho a la Policía que había sido él.

Una vez escuchado el veredicto de culpabilidad del jurado, la Fiscalía ha mantenido lo recogido en sus conclusiones definitivas. Así, solicita 25 años de cárcel para Ezequiel por un delito de asesinato con la agravante de parentesco, y tres años y siete meses más por maltrato habitual. Tras retirarle la acusación por asesinato a la madre, le reclama tres años y siete meses por un episodio concreto, el que Isabel pegó con las zapatillas y los nudillos a su hijo mayor para luego bañarlo con la ropa puesta y dejarle con la ropa mojada.

Además, ha defendido los motivos por los que no solicita, como sí lo hace la acusación particular, la prisión permanente revisable , en virtud a una reciente sentencia del Tribunal Supremo .

La Fiscalía reclama que el acusado abone una indemnización de 101.800 euros al hijo mayor de su expareja por las lesiones sufridas y la muerte de su hermano. En este sentido, la Junta, que ejerce la acusación particular por el hermano del bebé muerto, se ha adherido a la petición del Ministerio Público.

No es maltrato, sino «castigos desmesurados»

La acusación particular ejercida por el padre biológico de la víctima ha insistido en reclamar la prisión permanente revisable para Ezequiel, con la revisión de la misma a los 18 años. De forma subsidiaria, 25 años por el asesinato . Mientras para la madre ha pedido seis años por los maltratos.

La defensa del varón pide que se le imponga la pena en el grado menor que contempla el delito de asesinato al subrayar que el jurado ha considerado probado que en el crimen hubo un dolo eventual.

Por último, la representante legal de ella ha pedido « proporcionalidad » a la hora de imponer las penas a su cliente al entender que nunca hubo maltrato sino « castigos desmesurados y malas decisiones a la hora de educar». Así, la letrada ha considerado «desproporcionado» la petición de tres o seis años de cárcel por parte de las acusaciones cuando «las lesiones del hijo mayor no consisten en fracturas ni en lesiones graves y son heridas que tardaron en sanar unos siete días».

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