SEVILLA
Confirman la pena de diez años de cárcel por una agresión machista en la Macarena
Los hechos ocurrieron los primeros días de confinamiento por la pandemia; el acusado alegó que la mezcla de pastillas y alcohol le hizo sufrir «un apagón» de conciencia y no recordaba haber atacado a su pareja
Andalucía ayudó a seis víctimas de violencia de género al día en el año 2021
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha ratificado de principio a fin la sentencia de la Audiencia de Sevilla que condenaba a Carlos Eduardo S.V. por intentar asesinar a su pareja en el barrio sevillano de la Macarena en los primeros días de confinamiento por la pandemia del coronavirus. Fue en la noche el 19 al 20 de marzo.
Hay que remontarse varios días atrás para buscar el origen de este ataque. El 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer, a pocas jornadas de que el Gobierno decretara el estado de alarma , la víctima le dijo a su marido que quería separarse tras casi seis años de relación y ocho meses casados . No obstante, seguirían viviendo juntos en un piso del a calle Torreblanca, en la Macarena , ya que ella le había dado varias semanas para dejar la casa.
Entretanto llegó el confinamiento y quedaron «atrapados» , según dijo el condenado en el juicio celebrado en la Audiencia de Sevilla. En este contexto, ambos protagonistas de la historia adoptaron una serie de medidas para garantizar cierta intimidad en la convivencia. Él intuía que ella tenía nueva pareja.
La convivencia se había enrarecido. Sobre las 21.30 horas del día 19 ambos subieron a la azotea de la casa a tomar algo y conversar. Después bajaron y ella se fue a la habitación, donde inició una conversación telefónica. Al concluir estas llamadas, sobre las dos de la madrugada, ella salió de la habitación y « se dirigió hacia la cocina, siendo seguida muy de cerca por Carlos« , que se había hecho ya con uno de los cuchillos de la casa.
Al entrar en la cocina, ella «sintió la presencia de Carlos en su espalda, momento en el que éste le asestó una primera puñalada en el cuello , que afectó a la zona cervical derecha». Ella se volvió y le preguntó qué estaba haciendo mientras gritaba. Él no se detuvo, sino que la tiró al suelo y comenzó a estrangularla. Ella intentó defenderse, mordiéndole un dedo, lo que hizo que el agresor tuviera que soltarla. El ataque no paró ahí. Volvió a coger el cuchillo y se lo clavó por segunda vez en el cuello. Ella le agarró los genitales y así pudo escapar de su agresor .
Atenuante de trastorno mental
Logró huir de la casa mientras sangraba de forma abundante por la perforación de la arteria carótida. La intervención rápida de sus vecinos le salvó. El acusado se defendió durante el juicio alegando que la mezcla de pastillas contra la depresión que sufría más el alcohol ingerido aquella noche le hizo sufrir «un apagón» de conciencia . No recordaba nada del ataque a su pareja. En la vista oral, los forenses descartaron tal ingesta de pastillas.
La Audiencia de Sevilla lo condenó a diez años de cárcel por un delito de asesinato en grado de tentativa con la atenuante analógica de trastorno mental transitorio y las agravantes de parentesco y de género. Precisamente, dicha atenuante ha sido uno de los motivos recurridos por la acusación particular ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía , que también ha tenido que analizar el recurso de la defensa, según ha informado la oficina de prensa de dicho tribunal. El Alto Tribunal andaluz, en una sentencia a la que ha tenido acceso este periódico, confirma el fallo de la Audiencia y recuerda que «en el momento de cometer los hechos, Carlos Eduardo presentaba un desarrollo anómalo de la personalidad, de inestabilidad emocional, junto con trastorno distímico que cursaba con depresión moderada, y se encontraba afectado por el estado emocional que le causaba su situación profesional, la ruptura del matrimonio, así como el encierro y la necesidad de tener que buscar un nuevo alojamiento cuando abandonase la vivienda. Obró movido por ese estado emocional y como reacción a la decisión de ella de poner fin a la relación matrimonial«.
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