SEVILLA
La advertencia a su sobrina víctima de abusos: «si lo cuentas, te quedarás sola»
La Audiencia Provincial condena a un sevillano a nueve años y tres meses de prisión por abusar de la hija de su hermano durante cuatro años
«Para garantizarse el silencio de su sobrina el procesado le decía que eso era normal entre tíos y sobrinas , advirtiéndole que, si contaba lo que sucedía, sus padres se enfadarían y se avergonzarían de ella, la abandonarían y se quedaría sola». Este párrafo lo escribe un tribunal de la Audiencia de Sevilla en la sentencia que condena a Gabriel V. a nueve años y tres meses de prisión por un delito de abusos sexuales a su sobrina . Los hechos, que empezaron hace más de dos décadas, se repitieron durante cuatro años.
Gabriel, que actualmente tiene 57 años,vivía en Sevilla capital en el mismo bloque de viviendas que su madre y sus hermanos, cada uno en su piso. La menor víctima de los abusos vivía con sus padres en uno de sus pisos. Era la sobrina del ahora condenado. En otro piso de la misma planta vivía su abuela, madre del procesado y de su padre; y en la planta superior vivían el acusado y su otro hermano, cada uno en su piso con su familia. Este escenario familiar hacía que la menor se moviera entre todos los pisos con total libertad.
En 2001, la pequeña y su familia se mudaron a un inmueble colindante, en tanto que Gabriel y su familia se trasladaron en un año después a otro punto de la ciudad. No obstante, la menor y el procesado seguían frecuentando el bloque donde seguía viviendo su abuela y sus restantes familiares.
Según la Audiencia de Sevilla, en una sentencia facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía a ABC, desde el verano de 2000 hasta el verano de 2004, es decir, cuando la niña contaba de siete a once años de edad, ocurrieron los abusos investigados y juzgados.
Los escenarios
«Con propósito de satisfacer su deseo sexual y aprovechándose de la inmadurez personal de la menor por su escasa edad, en ausencia de otros familiares, el acusado le pedía a su sobrina q ue subiera a su domicilio donde, tras enseñarle a veces revistas y películas o vídeos de contenido pornográfico, hacía que la menor le hiciera felaciones«, expone el tribunal. Los abusos llegaron a culminar con penetraciones.
Aunque no se puede determinar el número exacto de ocasiones en que se repitieron esas situaciones, al menos ocurrieron hasta siete episodios. En el sofá del salón, en el dormitorio, en el cuarto de baño, en el chalé de Carmona de la madre del acusado y abuela de la víctima, o en la piscina. Donde fuera.
A consecuencia de estos hechos, tanto la niña como sus padres han estado sometidos a tratamiento psicológico , padeciendo ella trastorno de estrés postraumático que persiste en la actualidad.
Por auto dictado el 5 de diciembre de 2018, el Juzgado de Instrucción número seis de Sevilla adoptó medida cautelar consistente en prohibición a Gabriel V. de aproximarse y comunicar con su sobrina. Dicha medida cautelar fue revocada y dejada sin efecto por auto dictado el 7 de junio de 2019 por la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial de Sevilla.
Para el tribunal, los hechos «inequívocamente» confirman los abusos. « La testigo ofreció un relato prolijo, explícito y congruente sobre los abusos sufridos; un relato sustancialmente idéntico a la versión mantenida ante la Policía y en fase instructora, respecto a la que no se observan contradicciones significativas en los aspectos esenciales o nucleares; y ello al margen de que ciertamente puedan existir irrelevantes y accesorias diferencias de matiz que en modo alguno desdibujan la pormenorizada declaración que ella prestó», según la Audiencia.
Confesó a los 19 años
Respecto a la fecha en que sucedieron los abusos, ha venido manifestando que comenzaron el verano que tenía siete años, antes de hacer la comunión con ocho años (esto es, verano de 2000), finalizando el verano después de bajarle la primera menstruación con once años, momento este en que, ante el temor de quedarse embarazada, un día en la playa su tío «le cogió sus partes» y ella dijo «no». A partir de entonces ya solo le tocaba ocasionalmente el culo o el pecho.
La víctima, que ofreció « un relato honesto y angustioso sobre sus dramáticas vivencias, un relato plenamente creíble en términos subjetivos», confesó por primera vez los episodios traumáticos que había sufrido con 19 año s y fue a su novio, «por los problemas de pareja que les ocasionaba esa experiencia, porque sentía asco, culpa y agresividad cuando mantenía relaciones sexuales con el joven«.
Por estos hechos la Audiencia de Sevilla impone nueve años y tres meses de prisión por un delito continuado de abusos sexuales, absolviéndolo del delito de provocación sexual. D ebe indemnizar a la víctima con 60.000 euros y cinco mil euros a cada uno de los padres de la joven, que hoy tiene 29 años.
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