SEVILLA
Ratifican los diez años de cárcel por el atraco a un bazar chino en el que un empleado perdió un ojo
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía confirma la condena al único acusado mayor de edad que participó en este robo en el barrio de la Macarena
Diez años de cárcel. Ésta fue la pena impuesta por la Audiencia de Sevilla a Felipe S.G. por formar parte de un atraco a punta de pistola contra un bazar chino del barrio de la Macarena , en el que un empleado, hijo de la propietaria, perdió un ojo por el impacto de una bala . Y ésta es la pena confirmada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía tras desestimar el recurso interpuesto por la defensa de este condenado, el único mayor de edad del grupo de cuatro asaltantes.
Los hechos ocurrieron la noche del 7 de febrero de 2019 . Los cuatro implicados venían de haber participado en una pelea previamente. Entonces decidieron «hacer un chino» , como dijo uno de los menores en el juicio que se celebró en la Audiencia de Sevilla el pasado mes de diciembre contra Felipe S.G., esto es, atracar el bazar que regentaba una mujer de origen chino en la calle Rayo de Luna de la Macarena, donde trabajaba su hijo de 23 años.
Felipe, acompañado de los menores F.J.R.C., A.A.A. y M.F.B., convino con sus acompañantes que éstos entraran para hacerse con el dinero mientras él vigilaba desde la puerta . Él conocía que F.J.R.C. portaba una pistola de aire comprimido que podría utilizar para amedrentar a los dependientes y así conseguir «el botín».
Una vez en el interior, el portador del arma se dirigió hacia el joven trabajador, que en esos momentos se encontraba muy cerca de la puerta de entrada, agachado reponiendo mercancía en los frigoríficos, apuntándole con la pistola en la cabeza , al tiempo que le pedía el dinero de la caja registradora. Le disparó en la cara y el dependiente perdió el ojo izquierdo.
Después se dirigió hacia el mostrador, donde estaba la propietaria, contra la que también percutió el arma, impactándole un balín en el pecho. Se hicieron con los 600 euros de la caja . Todos, los cuatros, se dieron a la fuga y se repartieron el dinero posteriormente.
Para la Audiencia, Felipe S.G. «presenció los disparos desde la puerta del establecimiento» al joven, que además sufre trastorno por estrés postraumático y cuadro depresivo, lo que le lleva a tener la intención de volver a China porque tiene miedo, como él mismo confesó durante la vista oral.
Estos hechos reflejan un supuesto de «codelincuencia» porque el acusado actuó de mutuo acuerdo con los menores, ya condenados por un Juzgado de Menores de Sevilla , con distribución de roles. El acusado sabía que uno de los menores llevaba una pistola y aceptaba que pudiera disparar, incluso observa los tiros, por lo que es «claro» que también es responsable de las graves lesiones que causaron al joven dependiente.
Todos son responsables de lo ocurrido por aplicación del denominado «pactum scaeleris» . Según la jurisprudencia, responderán como autores los que habiéndose puesto de acuerdo para la comisión del hecho participan luego en su ejecución según el plan convenido, con independencia del alcance objetivo de su respectiva participación.
« Todos los que concurren en la ejecución de un hecho se ven ligados por un vínculo de solidaridad que les corresponsabiliza en el mismo grado, cualquiera que sea la parte que cada uno tome», insiste la Sala en la sentencia. Por todo esto, el tribunal considera al acusado coautor material de los hechos por haber tomado parte activa, material y voluntaria en su ejecución.
Cárcel o centro de menores por unos días
Por estos mismos hechos, el autor del disparo , que entonces contaba con 17 años y algunos meses, fue condenado a dos años de internamiento en régimen cerrado . Los otros dos menores, también a punto de cumplir la mayoría de edad, a 18 meses de internamiento en régimen cerrado. Estos tres fueron condenados en sentencia de 10 de septiembre de 2019 por un juzgado de menores de Sevilla.
Es decir, dos años de internamiento en régimen cerrado o diez años de cárcel , en función de participar en el atraco con una pistola a una tienda y herir gravemente al dependiente cuando tienes 17 años y cuando tienes 18 años.
Felipe S.G. recurrió la decisión de la Audiencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía , que ha desestimado dicho recurso, confirmado de forma íntegra la resolución inicial.
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