TRIBUNALES

Ratifican la condena a un acusado de abusar de un niño de 14 años en Los Remedios

La víctima es 18 años menor que el condenado, quien alegó ante el TSJA que creía que tenía más de 16 años, aunque el tribunal asegura que su aspecto físico indicaba lo contrario

Los abusos tuvieron lugar en un piso situado frente al recinto ferial de Los Remedios Raúl Doblado

J.D.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha ratificado la decisión de la Audiencia de Sevilla en una sentencia contra un hombre por abusar de un niño de 14 años en un piso del barrio de Los Remedios . Entre víctima y condenado existía en el momento de los hechos una distancia de edad de 18 años , aún así el acusado alegó ante el TSJA que creía que el joven tenía 16 años.

Fue en febrero de este año cuando un tribunal de la Sección Séptima de la Audiencia condenaba a O.R.B. a cuatro años de cárcel por abusar sexualmente de un niño de 14 años de edad en su ático de un bloque de pisos ubicado frente al recinto ferial de Los Remedios después de conocerse en las inmediaciones del Charco de la Pava . Esta decisión fue apelada ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía por la defensa del acusado, alegando que fueron relaciones consentidas , así como que su cliente estaba en la creencia de que la víctima tenía más de 16 años.

Según quedó recogido en la sentencia de primera instancia, la noche del 22 de febrero de 2018 , el acusado, de 32 años, conoció a la víctima, que entonces tenía 14 años , en las inmediaciones del Charco de la Pava. De allí se dirigieron hasta el domicilio del adulto en un ático de Los Remedios. Si bien, para el tribunal juzgador no consta que aquella noche el menor llegara a subir al piso ni que mantuvieran relaciones sexuales.

Pero tres días después, el menor sí estuvo en el ático. Y entonces, según la Audiencia, «consintió» mantener relaciones sexuales . Abandonó el domicilio cuando su madre fue en su búsqueda, después de que los padres hubieran denunciado su desparición . Los jueces no dieron por probado que el menor permaneciera en el piso del acusado desde el viernes hasta el domingo, aunque admitió en el juicio que llevaba desde el mismo día 22 fuera de su casa.

Las mentiras del menor

Aunque las relaciones fueran consentidas por el menor, su edad, que entonces no alcanzaba los 16 años, supone que los hechos sean constitutivos de una actuación delictiva , siendo calificada por el tribunal como un delito de abuso sexual.

La Audiencia, en su sentencia, recogió varias contradicciones del menor durante la vista oral. Primero dijo al acusado que tenía 18 años, pero éste no le creyó y entonces le precisó que tenía 16 años. Eran 14 los que tenía. El acusado reconoció los hechos del domingo 25 de febrero, mientras el menor habla de varios episodios sexuales el día que se conocen y que permaneció con el condenado el fin de semana en su piso. Primero señaló que era la primera vez que tenía relaciones con adultos, aunque luego tuvo que rectificar y admitió que no.

Y los giros en el relato no quedan ahí. Primero dijo que conoció al acusado en la feria de Camas un año antes , después en el Charco de la Pava el 22 de febrero.

Ante las declaraciones y las pruebas, el tribunal sólo consideró probado las relaciones sexuales del domingo 25 de febrero. Reconocidas por ambos y consentidas, pero fueron sobre una persona que era menor de 16 años, un delito recogido en el Código Penal .

La sentencia no dejó satisfecho al acusado por lo que apeló al TSJA, que ahora, en una sentencia facilitada a este periódico por el gabinete de comunicación del Alto Tribunal andaluz, ratifica la decisión de la Audiencia e insiste en que el acusado pudo saber que el menor no tenía 16 años atendiendo a su aspecto físico. Además, debía saber que en España es delito mantener relaciones sexuales con una persona menor de 16 años .

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