Los pisos turísticos de Sevilla tendrán las mismas obligaciones que los hoteles a partir de este miércoles

Entra en vigor la regulación del Ayuntamiento que se aplicará a las nuevas altas de viviendas turísticas, pues no tiene carácter retroactivo

Dos turistas con maletas en el Casco Histórico de Sevilla Raúl Doblado

E. M.

La regulación de las viviendas turísticas ha estrado en vigor este 7 de junio después de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) . El cambio legal supone que este tipo de alojamientos tengan la consideración de uso terciario y no residencial, lo que implica que tendrán que cumplir las mismas obligaciones que los hoteles, hostales, pensiones y apartamentos turísticos. Sin embargo, no tendrá carácter retroactivo , con lo que todos los inmuebles que tengan la licencia para ser explotados como negocio turístico conservarán sus mismas condiciones.

La norma ha salido adelante tras una modificación urbanística aprobada en el Pleno del Ayuntamiento de Sevilla el pasado 28 de abril para «reconocer el fenómeno de uso» de los pisos turísticos. Con ello el Ayuntamiento regula y ordena por vez primera esta actividad, en los límites marcados por sus competencias y tras un «amplio periodo de consultas». Hasta el momento, carecía de una regulación específica a pesar del crecimiento que ha experimentado en los últimos años como consecuencia del auge del turismo en la ciudad.

Actualmente Sevilla tiene alrededor de 7.300 viviendas, que son unas 2.500 más que antes de la pandemia , según los datos del Registro de la Consejería de Turismo. Este volumen de inmuebles tiene capacidad para hospedar a 35.627 personas, una población parecida en número a la que reside en Los Remedios y muy por encima de la que ofrece la planta hotelera y de apartamentos turísticos , que no llega a las 30.000 plazas.

Según el texto de la modificación elaborado por Urbanismo, la utilización de una vivienda con fines turísticos en Sevilla estará sujeta a las condiciones para usos terciarios establecidas en el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) y deberá «respetar las condiciones de compatibilidad con el uso residencial establecidas para el citado uso terciario». Como en el caso de otros tipos de alojamiento turístico, una vivienda turística implica «implantar un servicio terciario de hospedaje, teniendo que cumplir los mismos requisitos y condiciones que la normativa exige para estos establecimientos».

«Una vivienda turística implica implantar un servicio terciario de hospedaje, teniendo que cumplir los mismos requisitos y condiciones que la norma exige para estos establecimientos»

Para esta reforma, el Consistorio ha querido buscar el consenso con entidades vecinales, la Asociación de Hoteles de Sevilla y Provincia, las entidades más representativas del sector de las viviendas turísticas, la Junta Municipal del Distrito Triana y el resto de los grupos municipales. La intención, según explicó en su día el alcalde, Antonio Muñoz, es «evitar los efectos negativos de la expansión de este fenómeno como el aumento de los alquileres turísticos en detrimento del residencial , que ha podido generar el desplazamiento de vecinos de ciertas zonas históricas».

Otro de esos efectos indeseados que destacó el regidor es procurar que «los diferentes modos de alojamiento compitan en igualdad de condiciones y exigencias en cuanto a su implantación, frente a la carencia de regulación concreta que tenían hasta ahora las viviendas turísticas y, en consecuencia, la competencia desleal existente». Y, por último, habló de « avanzar hacia un turismo más sostenible y propiciar la convivencia entre los turistas y residentes , conforme al nuevo modelo turístico de Sevilla».

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