CICLO CERVANTINO EN LA FACULTAD DE DERECHO
«Los pícaros delincuentes de Cervantes tenían más encanto que los actuales»
Miguel Polaino-Orts disertó sobre los delitos y las penas en El Quijote
«Los delitos y las penas en El Quijote» , a cargo de Miguel Polaino-Orts , fue una de las dos ponencias de la segunda jornada ayer del ciclo cervantino en la Facultad de Derecho de Sevilla. El profesor de Derecho Penal en la Universidad de Sevilla dijo que Cervantes, recaudador de impuestos, tuvo sus más y sus menos con la Justicia, y que varios fueron los procesos seguidos en su contra, contra él y conta varios miembros de su familia.
Refirió que «tampoco el inquieto Miguel se libraría de la cárcel» y que «familiarizado como estaba con el argot judicial , no es de extrañar que trasladara a su héroe novelesco las vivencias y frustraciones propias de su vida como condenado».
Aseguró que muchos pasajes de El Quijote describen delitos y penas y dijo que «la obra es, entre otras muchas cosas, un tratado interesantísimo de Historia del Derecho Penal».
«Muy sugerente —siguió— es el ejercicio del poder de Sancho como gobernador de la Ínsula Barataria , donde se convierte en persona que aglutina el monopolio del ius puniendi (poder punitivo) del Estado. El capítulo más sugerente para el jurista es el pasaje de los galeotes y, en concreto, la figura de Ginés de Pasamonte , un delincuente reincidente, pícaro, inteligente y locuaz, de unos 30 años, bizco (señal de mal fario del personaje) y autor de una autobiografía».
Ginés de Pasamonte es el paradigma del delincuente reincidente y peligroso que supone un foco desestabilizador de la seguridad del Estado: no sólo no ofrece seguridad con su comportamiento, sino que es un peligro permanente.
También comentó que se habla de la pena de galeras , que obligaba al sujeto a permanecer remando coactiva y forzadamente en embarcaciones reales al servicio de la Corona. Era una pena corporal, que se imponía como consecuencia de delitos graves o denigrantes. Con ella, se pretendía una suerte de reconciliación del delincuente con su patria, mediante la obligación de prestar estos servicios no remunerados en embarcaciones reales a modo de purgamiento por sus delitos.
La muerte civil se contemplaba también como pena autónoma con substantividad propia, aunque por regla general adquiría en la práctica del carácter de pena accesoria a una principal. Tenía el efecto de privar al condenado del ejercicio de sus derechos cívicos y, consecuentemente, de su participación en la sociedad. Se imponía al sujeto especialmente peligroso.
«Los pícaros delincuentes de Cervantes —terminó— tenían más vivacidad y encanto que los actuales saqueadores».
Miguel Polaino Orts sigue en los análisis de Derecho y Literatura la tradición de su abuelo Lorenazo Polaino , jurista que fue Académico de Buenas Letras y que escribió «El DerechoProcesal en el Libro del Buen Amor» .
Por otra parte, el doctor Alfredo José Martínez González , profesor de Historia del Derecho y de las Instituciones de la Universidad de Sevilla disertó sobre «La estancia de Cervantes en la Cárcel Real de Sevilla», teniendo como hilo conductor al escritor, las instituciones judiciales y penitenciarias del Antiguo Régimen así como él tratamiento al que eran sometidos los presos de la Cárcel Real antiguamente ubicada en la calle Sierpes.