Tribunales
Otro frente judicial abierto contra el Ayuntamiento por el despido de 30 interinos de los Servicios Sociales
El juicio por esta demanda está visto para sentencia en el Juzgado Contencioso-Administrativo número diez de Sevilla
![Centro de Servicios Sociales Comunitarios del Ayuntamiento en Amate](https://s1.abcstatics.com/media/sevilla/2019/10/31/s/centro-servicios-sociales-k9TD--1248x698@abc.jpg)
El titular del Juzgado Contencioso-Administrativo número diez de Sevilla ha dejado visto para sentencia el juicio celebrado por la demanda de despido interpuesta por el Ayuntamiento de Sevilla contra 30 trabajadores interinos de los Servicios Sociales municipales, que en algunos de los casos cuentan con más de quince años de antigüedad en su puesto.
Este litigio supone otro frente judicial abierto contra el Ayuntamiento de la capital, gobernando por el socialista Juan Espadas , que se suma al que adelantara este periódico a mediados del recién concluido mes de octubre sobre las demandas colectivas que se encuentran en estos momentos en distintos juzgados de lo Social de Sevilla interpuestas por un grupo aproximado de 80 trabajadores laborales que desarrollan su labor en la Gerencia Municipal de Urbanismo por su prolongada temporalidad y concatenación de contratos, incluso, desde 1990.
La nueva batalla judicial está ya vista para sentencia y ahora el juez dirimirá sobre el destino de 30 trabajadores de los Servicios Sociales del Ayuntamiento. Los afectados pertenecen a un grupo de empleados interinos estatutarios por programas , en concreto, del Programa Concertado de Prestaciones Básicos que se desarrolla mediante financiación conjunta de Ayuntamiento y Junta de Andalucía.
Las fuentes consultadas exponen que la cuestión que se plantea frente a este colectivo laboral es su despido «sin indemnización» al considerar la administración local que hubo un cambio en el Estatuto Básico del Empleado Público limitando los nombramientos de estos empleados a tres años. Algunas superan los quince años.
El Ayuntamiento para acabar con estos contratos ha hecho lo que se denomina en Derecho Administrativo, una declaración de lesividad para los intereses generales con el propósito de anular los nombramientos después de quince años y de haberse acreditado que no son puestos provisionales sino plazas de estructura definitiva.
Apoyo a los trabajadores
El gobierno de Juan Espadas ha trasladado a este periódico su visión sobre este nuevo conflicto judicial con empleados del Ayuntamiento. El equipo socialista muestra su apoyo a los trabajadores y apunta que el origen de este litigio está en diciembre de 2014, con Juan Ignacio Zoido al frente de la Casa Consistorial.
Entonces, el interventor municipal elaboró un informe en el que expresa su reparo a la duración de estos contratos, por lo que, en base al cambio del Estatuto Básico del Empleado Público , el Ayuntamiento firma un acuerdo que recoge el límite temporal de tres años.
En diciembre de 2017, ya con Espadas como alcalde, se tenía que dar por extinguido el contrato de estos trabajadores. Si bien, entonces desde el área de Recursos Humanos del Ayuntamiento de elaboró una resolución que anulaba el acuerdo anterior que recogía el límite temporal de los tres años. Esto se encontró con la oposición y los reparos del interventor, secretario y asesoría jurídica del Ayuntamiento.
Y de todo este tira y afloja en la política laboral del Consistorio nace la demanda interpuesta a principios de este año 2019 por el Ayuntamiento para el despido de estos 30 trabajadores de los Servicios Sociales municipales.
Un informe de una responsable de Acción Social del Ayuntamiento alerta del riesgo de paralización de los servicios por estos despidos
En la causa que se ha juzgado en el Contencioso-Administrativo número diez de Sevilla existe un informe de enero de 2018 de la directora general de Acción Social del Ayuntamiento en el que se advierte del riesgo para la prestación del servicio por el despido de esta treintena de trabajadores.
« El cese del 28 por ciento de esta parte del servicio supondría una paralización y/o enorme ralentización de las citadas tareas y por tanto de las convocatorias de ayudas sociales para las personas y familias en riesgo o situación de exclusión social, en todos los servicios que se prestan de forma indirecta a través de la contratación administrativa, cuyos destinatarios son los mencionados colectivos; retraso y colapso en las justificación de subvenciones lo que redunda en la imposibilidad de cobro por parte de las entidades beneficiarias de las mismas, suponiendo una gran merma para dichas entidades con funciones sociales dirigida a los mismos colectivos anteriormente mencionados; ralentización en el ritmo de facturación de todas las entidades contratantes con los servicios sociales de este Ayuntamiento, etc.».
Los trabajadores confían que el juez se pronuncie a su favor por varias cuestiones, según las fuentes consultadas por este periódico. En primer lugar, por la «incompetencia» del órgano que inició y resolvió el expediente de despido, la junta de gobierno , cuando debía haberlo hecho el Pleno.
Los trabajadores confían en ganar
El Ayuntamiento, además, ha manifestado que los puestos son de estructura fija y no temporal, por lo que habría de exigirse estudiar la incorporación en la plantilla de estos empleados, según los trabajadores afectados, que ven otro motivo para ganar el hecho de que estos nombramientos no son contrarios al interés público como lo demuestra el informe de la directora general de Acción Social.
Además, se pretende desde el Ayuntamiento echar a los trabajadores s in indemnización después de más de quince años prestando servicios sociales comunitarios. Los trabajadores, por último, confían en el que el magistrado, Luis Alfredo de Diego, especialista en la materia, atienda sus pretensiones por «lo injusta de la situación».
Preguntado sobre este asunto a un letrado especialista en la materia, Marcos Peña ha señalado a este periódico que el acto administrativo -nombramientos- que se pretende anular debe ser contrario al interés público y «en este caso particular no lo es». « Todo ello, sin perjuicio de los años que llevan prestando servicios los trabajadores sin que el Ayuntamiento se haya planteado sacar una Oferta de Empleo Público para ellos ».
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