Coronavirus

Nuevo decreto del Arzobispado de Sevilla: así serán los aforos en las iglesias

El vicario podrá autorizar cultos externos siempre y cuando se celebren para una eucaristía, como fue el caso del Gran Poder

Monseñor Juan José Asenjo junto a Isacio Siguero, el día que tomó posesión como administrador apostólico ABC

S. L.

Monseñor Juan José Asenjo , administrador apostólico de la Archidiócesis de Sevilla ha publicado un decreto con disposiciones de aforo y normas para las celebraciones litúrgicas de acuerdo con las medidas vigentes en la comunidad autónoma andaluza sobre el fin del estado de alarma decretado por el Gobierno de España. El prelado hispalense ha dispuesto que los aforos en las iglesias puedan llegar al 75% siempre y cuando el nivel de alerta sea 1, y son los siguientes, tanto en el interior como el exterior de los edificios sagrados:

Nivel 1: 75% del aforo que permita mantener la distancia interpersonal (1,5 mt.).

Nivel 2: 60% del aforo que permita mantener la distancia interpersonal (1,5 mt.)

Nivel 3: 50% del aforo que permita mantener la distancia interpersonal (1,5 mt.)

Nivel 4: 30% del aforo que permita mantener la distancia interpersonal (1,5 mt.)

Excepcionalmente, en el caso de los funerales , el aforo máximo permitido deberá ajustarse a la normativa específica estipulada por la Junta de Andalucía. Asimismo, continuará siendo obligatorio el uso de mascarilla y de gel hidroalcohólico y se seguirán las medidas generales de limpieza y desinfección de los lugares de culto y objetos sagrados.

Las pilas de agua bendita , así como las pilas bautismales , a no ser que éstas permanezcan tapadas o cerradas, estarán vacías , utilizándose para la administración del bautismo un recipiente al que no retorne el agua utilizada. Se evitará, igualmente, el contacto físico con las imágenes sagradas hasta tanto así lo aconseje la situación sanitaria.

Transcurso de las misas

Por otro lado, en el transcurso de la celebración eucarística, se limitará a lo indispensable el número de acólitos , lectores y demás ministros del altar , especialmente en aquellos lugares en los que el espacio del presbiterio sea reducido. Estas personas deberán desinfectarse las manos oportunamente antes de desempeñar su tarea en el altar. El cáliz, la patena y los copones , estarán cubiertos con la 'palia' durante la plegaria eucarística. El saludo de la paz , cuando no se omita, se sustituirá por un gesto evitando el contacto directo.

El diálogo individual antes de la comunión («el cuerpo de Cristo», «amén»), se pronunciará de forma colectiva después de la respuesta «Señor no soy digno…», distribuyéndose la eucaristía en silencio. Por otro lado, antes de iniciar la distribución de la sagrada forma, y al término de la misma, todos los ministros desinfectarán sus manos oportunamente. En el caso de que el sacerdote fuera mayor , o que así lo requieran otras circunstancias a juicio del celebrante, este designará ministros extraordinarios de la eucaristía para distribuirla. Asenjo, por su parte, exhorta a los fieles hasta que esaparezcan los riesgos extraordinarios para la salud a recibir, con la debida reverencia, la comunión en la mano.

Cultos externos

Por otro lado, el nuevo decreto de la Archidiócesis regula qué hacer con los cultos externos , después de que la Junta de Andalucía haya dejado abierta la puerta a su celebración, aunque desaconsejándolos. El administrador apostólico de Sevilla determina que «en los actos religiosos en la vía pública , cuando lo aconsejen las circunstancias pastorales , previa autorización de la autoridad municipal competente, que determinará las medidas organizativas y de protección que estime convenientes para el desarrollo del acto, se podrá hacer uso de la vía pública para la celebración de la eucaristía». Para ello, no obstante, se requiere «el consentimiento del vicario episcopal de zona y, en caso de que se trate de cultos externos extraordinarios promovidos por hermandades y cofradías, u otras asociaciones de fieles, se solicitará también autorización al delegado episcopal para los Asuntos Jurídicos de las Hermandades y Cofradías, que será tramitada a través de la Delegación Diocesana de Hermandades y Cofradías».

En este sentido, aclara que el traslado de imágenes sagradas para presidir la celebración litúrgica solo podrá realizarse de manera privada y previa autorización de las autoridades eclesiásticas arriba indicadas, quedando excluida la celebración de romerías, procesiones y traslados de las imágenes sagradas con acompañamiento de fieles de manera pública .

Por lo que se refiere a la procesión del Corpus Christi , ésta tendrá carácter claustral , pudiendo impartirse la bendición con el Santísimo en el atrio del templo , donde sea posible. En el caso de la Catedral, cabe recordar que el año pasado tuvo lugar en la puerta de la Anunciación.

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